REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL


C

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO NOVENO DE CONTROL
ACTA DE AUDIENCIA ORAL

En el día de hoy, viernes dieciséis (16) de Julio del año 2.004, siendo las nueve (09:00) horas de la mañana, día y hora fijados por este Tribunal de Control para llevarse a efecto la audiencia oral para la Conclusión de la Fase de Investigación. Verificada la presencia de las partes se constató que se encuentra presente el Fiscal Quinto del Ministerio Público, Abogado. JOSE GREGORIO MONCAYO, el Defensor Abogado LUIS ENRIQUE CASTILLO SOTO, y el imputado NESTOR JOSE RIVERA MORA. Seguidamente el Fiscal del Ministerio Público toma la palabra y expone: Por cuanto a esta Fiscalía aún le faltan pruebas por recabar y que considera que son necesarias para el esclarecimiento de los hechos es por lo que solicito la prorroga de dos (02) meses, a los fines de continuar con la investigación, de conformidad con lo establecido en el último Aparte del Articulo 313 del Código Orgánico Procesal Penal Seguidamente el imputado NESTOR JOSE RIVERA MORA, en compañía de su defensora, quien libre de prisión y de apremio expuso: Le cedo la palabra a mi defensor. Seguidamente, toma la palabra el Defensor del imputado Abogado LUIS ENRIQUE CASTILLO SOTO, quien expuso: Esta defensa esta de acuerdo con la prorroga solicitada por el Ministerio Público a los fines de que se continué con la investigación en la presente causa y se aclare la situación planteada en contra de mi defendido, es todo. Acto seguido el Tribunal de Control hace el siguiente pronunciamiento: Vista la solicitud que hiciera el Fiscal del Ministerio Público, y analizados los motivos que sustentan dicha solicitud, así como oída la opinión de la defensora de la imputada de autos presente en esta audiencia, este Tribunal observando que la solicitud se encuentra ajustada a derecho, toda vez que manifiesta que le falta la practica de diligencias para culminar su investigación a los efectos de poder dictar un acto conclusivo a la investigación. Se DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD FISCAL y en consecuencia se concede una prorroga de dos (02) meses de la Fase Preparatoria, a partir del día de hoy 16 de Julio del año 2004. Regístrese y publíquese bajo el Nro 785-04. Quedan notificadas las partes. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman:

EL JUEZ DE CONTROL


DR. HUMBERTO CUBILLAN VIVAS
LA FISCAL DEL MINISTERO PUBLICO,


ABOG. JOSE GREGORIO MONCAYO
EL IMPUTADO,


NESTOR JOSE RIVERA MORA
EL DEFENSOR,


ABOG. LUIS ENRIQUE CASTILLO SOTO
LA SECRETARIA,

ABOG. PATRICIA ORDOÑEZ



CAUSA NRO. 9C-639-03
HCV/sg.-