REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ

En horas de Despacho del día de hoy, 06 de Julio del año dos mil cuatro, siendo las2:50 p.m., de conformidad con lo acordado, se traslado y constituyó éste JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la Empresa SERENOX REX, C.A., ZULIA, ubicada calle 74 entre avenidas 3G y 3H QUINTA TAJU No. 36-41, Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida de Embargo Preventivo, comisionada por el JUZGADO DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL No.3, con motivo del juicio de Reclamación Alimentaría, seguido por: ANDREINA CHUIQUINQUIRA LUGO SARMIENTO, titular de la cédula de identidad No. V-14.474.440, contra: CARLOS ANDRES PEREZ CONTRERAS, titular de la cédula de identidad No. V-15.793.606, en relación con los niños y/o adolescente: ADRIAN ALBERTO Y LUCIA ISABEL PEREZ LUGO.-Presente el (la) ciudadano: (a) LUIS ENRIQUE URRIBARRI, titular de la cédula de identidad No.V- 9.767.640,quién se identifico con el carácter de: JEFE DE OPERACOPMES.- Seguidamente este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, sobre A) El TREINTA POR CIENTO (30%) mensual del salario que devenga el ciudadano: CARLOS ANDRES PEREZ CONTRERAS, titular de la cédula de identidad No.V-15.793.606, quién se desempeña como Vigilante de la Sociedad Mercantil SERENOX REX, C.A. ZULIA.-B) El TREINTA POR CIENTO (30%) anual de la utilidades o remuneración especial de fin de año que le corresponden al ciudadano antes mencionado; C) EL TREINTA POR CIENTO (30%) anual del bono vacacional; D) EL TREINTA POR CIENTO (30%) de lo que pueda corresponder por concepto de CESTA TICKET, en caso que perciba dicho beneficio; F) EL CIEN POR CIENTO (100%) de primas por hijos, útiles escolares y juguetes, en caso que el demandado goce de estos beneficios; G) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las prestaciones sociales e intereses, caja de ahorros, fideicomiso y cualquier otra cantidad que le pueda corresponder al ciudadano antes mencionado en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que pueda dar fin a la relación laboral.- Las cantidades a retener en los conceptos establecidos en los literales A,B, D, E y F deberán ser entregados directamente a la reclamante ciudadana: ANDREINA CHIQUINQUIRA LUGO SARMIENTO, titular de la cédula de identidad No.V-14.474.440 o remitirla a este TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL NO. 3, y las retenidas en el Literal “G”, remitirlas en cheque de gerencia a la orden del TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL No. 3.- Que debe impartir ordenes para el cumplimiento de la anterior medida, la cual tiene carácter privilegiado sobre cualquier otra medida dado la naturaleza de la Materia.- Asimismo, se ordena solicitar información sobre el sueldo básico, bono vacacional, primas por hijos o cualquier otro beneficio que perciba mensual o anualmente el ciudadano antes mencionado, e indicar de manera detallada las deducciones que recaen sobre el sueldo del referido demandado.- El Notificado Expuso: “A reserva de verificar si dicho demandado es o no trabajador de esta Institución, y si le pertenece o tiene en la misma cantidades algunas por dichos conceptos. Me doy por notificado del contenido a que se refiere la presente acta”.- Seguidamente este Tribunal ordena expedir copia de la presente acta y su entrega a la persona notificada, y deja constancia que en la presente ejecución se le da cumplimiento a lo pautado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su Artículo 26, en concordancia con el Artículo 254 Ejusdem en lo atinente a que el Judicial no esta facultado para establecer tasas, aranceles, no exigir pago alguno por su servicios, y así dan fe y lo hace constar las partes, los intervinientes y firmantes de la presente acta, que este Tribunal no ha recibido dadiva ni pago alguno, ni por este, ni por otro conceptos en la presente ejecución.- Es todo.- Terminó se leyó y conformen firman.- Concluyó el acto siendo las 3:00 p.m.

EL JUEZ,


ABOG. DIXON AVENDAÑO VILLALOBOS

EL (la) NOTIFICADO (a),


LA SECRETARIA

LUZ MARINA MONTIEL LOPEZ

DAV/gonzález b.-
Comis. No.2309-2004
Exped. No. 04923