REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

DESPACHO DE MEDIDA 3346
En del día de hoy veintiún (21) Julio de dos mil cuatro (2.004), siendo las doce y quince minutos de la tarde, se traslado y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, acompañado de los abogados en ejercicios CARLOS ALBERTO MORLES QUINTERO Y LEISA LUGO GUILARTE ( Endosatarios en procuración de la ciudadana JOSEFINA YEDRA HERNANDEZ), inscritos en el inpreabogado bajo los Nros 34558 y 8544, respectivamente, en un inmueble ubicado, en la calle los Guaicaipuro, detrás de la estación de servicios y panadería, quinta Elizabeth, en la ciudad de Cabimas, en Jurisdicción del Municipio Cabimas del Estado Zulia, a objeto de ejecutar medida de Embargo Preventivo decretada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, en el juicio por COBRO DE BOLIVARES ( INTIMACION) , seguido por CARLOS ALBERTO MORLES QUINTERO Y LEISA LUGO GUILARTE ( Endosatarios en procuración de la ciudadana JOSEFINA YEDRA HERNANDEZ), contra WILFRIDO ANTONIO MANZANILLA MARTINEZ. Seguidamente el tribunal procede a notificar del objeto de su traslado y constitución en el lugar a la ciudadana ELIZABETH DEL CARMEN CUENCA DE MANZANILLA, titular de la cédula de identidad N° 5.917.035, quien dijo ser la esposa del demandado. En este acto presente los endosatarios en procuración, ciudadanos CARLOS ALBERTO MORLES QUINTERO Y LEISA LUGO GUILARTE, ya identificados, expone: Pedimos al tribunal se sirva ejecutar la medida decretada por el juzgado de la causa y con asistencia del perito avaluador, designado y juramentado en auto de esta misma fecha ciudadano RAFAEL GUTIERREZ, titular de la cédula de identidad N° 4.170.014, procedemos a señalar el bien a ser embargado preventivamente, el cual es el siguiente: Un vehículo con las siguientes características: MARCA: Ford; MODELO: Explorer ( EVEREST) 4X; AÑO: 2001; COLOR: Rojo; PLACAS: ADX-95R; SERIAL DE CARROCERIA 8XD7U73W928A41712; en las siguientes condiciones: Cuatro (04) cauchos, Marca Good Year, en buen estado, tiene repuesto, radio AM-FM y CD, kilometraje 59256, pintura y tapicería en buen estado, batería milenium la bestia negra de 700 amp, modelo 41XR identificada con el N° 671035, en funcionamiento, valorado en la suma de CUARENTA MILLONES DE BOLIVARES ( Bs.40.000.000,oo).