REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

DESPACHO DE MEDIDA 3337
En del día de hoy diecinueve (19) Julio de dos mil cuatro (2.004), siendo las doce y treinta minutos de la tarde, se traslado y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, acompañado del apoderado judicial de los ejecutantes, la abogada en ejercicio MAIRA PARRA inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 49.326, en la sede de la empresa LANCHAS ZULIANAS, C.A., en ciudad Ojeda Municipio Lagunillas del Estado Zulia, a objeto de ejecutar medida de Embargo Ejecutivo decretada por el TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, en el juicio por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES seguido por el ciudadano ALEXANDER RIVERO, ALEXANDER RODRIGUEZ, HENRY BRICEÑO, DIXON GUTIERREZ, RODULFO BERMUDEZ, LEOBANIS PEROZO, SAMIR VELASQUEZ, SAMUEL GARFIDO, NUMA SILVA, AGDENAGO NAVA, NELIDA PADRON Y SUNAY ZAVARCE, contra la empresa LANCHAS ZULIANAS C.A.. En este estado el tribunal procede a notificar del objeto de su traslado y constitución en el lugar a un ciudadano que dijo llamarse Wilfredo Ramírez y ser titular de la cédula 7.666.051 y ser el vigilante de la empresa. Seguidamente el apoderado actor, ya identificado expuso: Pido al tribunal se sirva ejecutar la medida decretada por el Juzgado de la causa, y con la asistencia del perito avaluador designado y juramentado en auto de esta misma fecha, ciudadano RAFAEL GUTIERREZ, titular de la cédula de identidad N° 4.170.040, procedo a señalar para ser embargado el siguiente bien: Se trata de un inmueble ubicado en la calle independencia de la población de las Morrochas, jurisdicción del Municipio Lagunillas del Estado Zulia, alinderado de la siguiente manera: NOROESTE: Calle Independencia; SURESTE: Terreno que es o fue de Z Y P Construcciones: SUROESTE: Linda con el Lago de Maracaibo; Y; NOROESTE; Linda con propiedad que es o fue de Cementaciones Petroleras venezolanas S:A. Dicho inmueble tiene una superficie aproximada de seis mil doscientos treinta y dos metros cuadrados (6.232 mts2); y el mismo se encuentran las siguientes mejoras y bienhechurias: Una identificación de dos plantas con las siguientes características: En la planta alta funcionan diez (10) oficinas, una sala de espera, áreas de baños, oficina de información, oficina principal, cinco (05) dependencias posteriores que funciona como archivos, un área de comedor con dos baños, cocina, balcón y un salón de conferencia; en la Planta Baja funciona





as oficinas de vigilancia, dormitorios y depósitos de mantenimiento y reconstrucción, dichas mejoras se encuentran construidas con paredes de bloque frisadas, techos de platabanda y acerolit, pisos de granito grafiado y porcelanato; de igual forma se encuentra un muelle y un astillero construido con tableado y vigas de corona de concreto armado. De igual forma se encuentra un galpón construido por paredes de bloque frisadas con granito proyectado, techos de acerolit, sobre vigas doble T de 2X4, de aproximadamente cinco metros de alto y de veinticinco con cincuenta centímetros de largo por diez metros con cincuenta centímetros de ancho aproximadamente, totalmente cerrado y presenta el nombre de almacén principal, de igual forma un galpón de dos plantas con paredes de bloques pintadas y frisadas de color blanco con media pared de granito proyectado techos de zinc sobre tubos de cuatro pulgadas y tijeras de seis pulgadas y mide quince con ochenta y cinco metros de ancho por seis metros con diez centímetros de largo aproximadamente y posee una escalera de metal la cual comunica la planta baja con la planta alta; un deposito construido con paredes de bloques frisadas y pintadas de color beige y mide once metros con sesenta centímetros de ancho por ocho metros con setenta centímetros de largo aproximadamente. El terreno en cuestión se encuentra en su totalidad con pisos de cemento rustico. Dicho inmueble se encuentra valorado aproximadamente por la cantidad de MIL MILLONES DE BOLIVARES (Bs.1.000.000.000,00).