REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

DESPACHO DE MEDIDA 3344
En el día de hoy trece ( 13 ) de Julio de 2.004, siendo las once y cuarenta de la mañana, se traslado y constituyó el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODIRGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en un inmueble ubicado en la vía alterna al tablazo Sector las casitas el Municipio Miranda del Estado Zulia, acompañado del abogado en ejercicio HELI JOSE VILLALOBOS ( Endosatario en procuración de la SOCIEDAD MERCANTIL HENRY MOTOR C.A), inscrito en el inpreabogado bajo el n° 38299, a objeto de ejecutar Medida de Embargo Preventivo decretada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, en el Juicio de COBRO DE BOLIVARES ( Intimación), seguido ejercicio HELI JOSE VILLALOBOS ( Endosatario en procuración de la SOCIEDAD MERCANTIL HENRY MOTOR C.A), en contra de los ciudadano ABEL RAMON URDANETA TORREALBA y RONY ALAÑA. Seguidamente el tribunal procede a notificar del objeto de su traslado y constitución en el lugar al ciudadano ABEL RAMON URDANETA, titular de la cédula de identidad N° 7.785.154, parte demandante, el ciudadano RONY ALAÑA titular de la cédula de identidad N° 14.846.000, parte demandante, asistidos por la abogada en ejercicio YUREYA SOLEDAD ARAÑA SCANDELA, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 46.413, exponen: ofrecemos a la parte demandante la cantidad de NUEVE MILLONES QUINIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs.9.500.000) por los conceptos de capital intereses y honorarios profesionales pagados con tres cheques librados a favor del ciudadano HELI VILLALOBOS SUAREZ, girados de la siguiente manera: Primero: Cheque N° 47757388, por un monto de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.5000.000,oo); Segundo: Cheque N° 20757390, por un monto de CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL BOLIVARES ( (Bs.4500.000), Tercero: Cheque N° 40757389 por un monto de CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 4.500.000,oo), de fecha 13 de Julio de 2004 perteneciente a la ciudadana YUREYA ALANA D de cuenta corriente N° 0134-0092-07-0923005943. En este estado presente la parte actora, ya identificada expuso. Acepto el ofrecimiento hecho por los demandante, en este acto y solicito del tribunal de la causa no darle el carácter de cosa juzgada ni homologar el convenimiento hasta tanto se haga efectivo el cobro de la presente obligación por las partes