REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ARISMENDI, ANTOLIN DEL CAMPO Y GÓMEZ
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ARISMENDI, ANTOLIN DEL CAMPO Y
GOMEZ DE LA CIRCUSNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.-
LA ASUNCION, VEINTINUEVE DE JULIO DEL DOS MIL CUATRO.-
194° y 145°
Me Avoco al conocimiento de la presente causa y vista la anterior diligencia de fecha 29-06-2004, suscrita por la ciudadana SAMANTHA RAPOLLA FALCON, mayor de edad, venezolana, residenciada en Estados Unidos de Norte América, titular de la cédula de identidad N° 12.828.641, representada en este Acto por mi madre ISABEL MARIA FALCON DE RAPOLLA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Personal N° 3.724.206, según consta de Instrumento Poder autenticado por ante el consulado General de la República Bolivariana de Venezuela en Nueva York, Estados Unidos de América el 08-12-2003, N° 49, Folios 129 130 y 131, Protocolo único, Tomo II año 2003, Asistida por la Abogado ANTONIETA MARGIOTTA, Inscrita en el Inpreabogado N° 65.799, en lo sucesivo la Deudora y/o la Parte Demandada en el Juicio que por Ejecución de Hipoteca y por otra parte el Abogado JOSE FRANCISCO GARCIA MARCANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 27.743 en este acto en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora, Banco Canarias de Venezuela Banco Universal C.A., domiciliada en Caracas Distrito Capital, inscrita por ante el Registro Mercantil V, de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, el 29-11-2002, N° 15 Tomo 727-A Qto, carácter que se evidencia en Instrumento Poder anexo a los Autos, en la cual las partes demandada y demandante, deciden poner fin al presente juicio por medio de una transacción Judicial, por cuanto la misma no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su homologación de conformidad con el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil .- Se ordena el archivo en su debida oportunidad.-
EL JUEZ TEMPORAL,
DR. VICENTE ORDAZ VILLARROEL-
El SECRETARIO,
BR. ALFREDO RODRIGUEZ F.-
En esta misma fecha, Veintinueve de Julio del Dos Mil Cuatro, se impartió homologación al Expediente N° 1019/04, tal como esta ordenado en el auto anterior.- Conste
El SECRETARIO,
BR. ALFREDO RODRIGUEZ F.-
EXP. 1019/03