REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
La Asunción, 08 de Julio de 2.004
193º y 144º


Visto que de la revisión exhaustiva de las actas que conforman el presente expediente, se evidencia la existencia de dos niños o adolescentes, el Tribunal, dado que la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, establece en su artículo 177, Parágrafo Primero, literal K, que serán competentes para conocer, las Salas de juicio de los Juzgados de Protección del Niño y del Adolescente. En tal virtud, le es forzoso a este Juzgado, declararse Incompetente de conocer en el juicio de DIVIRCIO 185-A, formulada por los ciudadanos NIURKA ISMARA SILVA DE ECHEVARRIA Y JACK ECHEVARRIA GORBEA. Remítase la presente causa al Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en su oportunidad de ley. Cúmplase.-