REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ

En horas de Despacho del día de hoy, veintiséis (26) de febrero de dos mil cuatro (2.004) siendo las once de la mañana (ll.00am.)previa fijación acordada al efecto, a señalamiento e indicación del abogado en ejercicio y de este domicilio LUIS BASTIDAS DE LEON, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 51.988, actuando en defensa de sus propios derechos e intereses, y presente en este acto, se traslado y constituyo este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO , MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en las Oficinas del BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO ( B.O. D.) agencia o sucursal Bella Vista, ubicadas esta en la avenida 4 ( Bella Vista), de esta Ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, entre calles 79 y 80, con el objeto de practicar la medida PREVENTIVA DE EMBARGO, decretada por el JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRACISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el juicio que por ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS, sigue el ciudadano LUIS BASTIDAS DE LEON, contra la JUNTA DE CONDOMINIO MARIA DEL CONJUNTO RESIDENCIAL VISOCA. Ya constituido el Tribunal en las oficinas antes señaladas, procedió a notificar del objeto de su traslado y constitución, a una ciudadana que se encontraba presente, y quien se identifico como REBECA MARIA INCIARTE DE FERRER, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad No. 7.903.640, y quien dijo proceder con el carácter de Gerente adjunto de la Institución Bancaria donde se esta constituido. En este estado, presente el abogado LUIS BASTIDAS DE LEON, con el carácter acreditado, expuso:”Señalo a este Tribunal para ser embargada preventivamente la cantidad de SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (BS.665.000.oo), que se encuentran depositada en la cuenta corriente No.2101105159, perteneciente a la demandada JUNTA DE CONDOMINIO MARIA DEL CONJUNTO RESIDENCIAL VISOCA, y en tal sentido, pido inquiera a la notificada en este acto, informe sobre la existencia de la cuenta corriente señalada, y el monto existente en la misma hasta la presente fecha. El Tribunal visto lo solicitado por el acto, inquiere a la Notificada sobre lo señalado, y esta con el carácter acreditado, expuso”Efectivamente existe en esta Institución Bancaria que represento la cuenta corriente anteriormente señalada, signada con el No. 21011055159, a nombre de la JUNTA DE CONDOMINIO DEL CONJUNTO RESIDENCIAL VISOCA, en la cual existe un saldo a la fecha de SEISCIENTOS CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 640.000.oo). Seguidamente este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSADA , SAN FRACISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en Nombre de la Ley, declara embargada preventivamente la cantidad de SEISCIENTOS CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 640.000.oo) que se encuentra depositada en la cuenta corriente No. 2101105159, anteriormente señalada, y advirtió a la notificada que debe retener a dicha suma de dinero, y depositarla mediante cheque de Gerencia en la cuenta Corriente No. 050100597-9 del Banco Industrial de Venezuela, a nombre del JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. Finalmente , el Tribunal hace constar que no ha recibido ni exigido pago alguno, emolumentos, tasas ni dadivas en el cumplimiento de la presente comisión, y así lo hacen constar las partes firmantes e intervinientes en este acto, ello en cumplimiento de los artículos 26 y 254 de la Constitución Nacional de la Republica Bolivariana de Venezuela, que consagra la gratuidad de la justicia. Este acto finalizo a las once y veintisiete de la mañana (11.27), leyéndose y conformes firman.
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
ABOG. JUAN MARTÍN BARROSO CALDERA
LA NOTIFICADA:
REBECA INCIARTE

EL ACTOR:
LUIS BASTIDAS DE LEON


LA SECRETARIA:
ABOG. ANAIS VILLALOBOS V


COMISION No.2048-2004.-