REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO TERCERO DE EJECUCIÓN
Maracaibo, 13 de Enero de 2004
193º y 144º

De conformidad con el 482 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Numeral Primero del Artículo 479, Ejusdem, este Tribunal a elaborar el computo con Redención de Pena correspondiente al penado TERAN IDELFONSO, plenamente identificado en actas, en los siguientes términos.
Consta en actas que el penado fue condenado por el Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia. Extensión Santa Bárbara de Zulia, a cumplir la pena de SIETE (07) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de ROBO A MANO ARMADA. Ahora consta igualmente en actas que el penado fue detenido el día 31.01.2000, según se evidencia del computo de pena que riela al folio (332) de la presente causa, lo que indica que ha estado privado de su libertad hasta el día de hoy, fecha en la se realiza el presente computo Tres (03) Años, Once (11) Meses y Doce (12) Días, que sumados al tiempo que le ha sido redimido según la decisión que antecede de esta misma, correspondiente a Un (01) Año, Nueve (09) Meses, Veintiséis (26) Días, lo que significa que ha cumplido de la pena impuesta CINCO (05) AÑOS, NUEVE (09) MESES, OCHO (08) DÍAS, faltándole por cumplir UN (01) AÑO, DOS (02) MESES Y VEINTIDOS (22) DÍAS. En consecuencia el penado TERAN IDELFONSO, terminará de cumplir la pena principal que le fue impuesta el día 05 de Abril de 2005. En relación a las Dos Terceras (2/3) partes de la pena la cumplió el día 05.12.2003. Las Tres Cuartas (3/4) partes del a pena la cumplirá el día 05.07.2003. Y la sujeción a la vigilancia de la autoridad por una 1/4 parte de la pena que le fue impuesta, una vez terminada ésta, la cumplirá el día 05.01.2007.
Regístrese y notifíquese a la ciudadana Fiscal 27° del Ministerio Público del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia. Remítase copia certificada del presente cómputo al Director de la Cárcel Nacional de Maracaibo y a la División de Antecedentes Penales del Ministerio de Relación Interior y Justicia, ordenando el traslado del penado a este Despacho para el día 19-01-04, a fin de ser notificado del cómputo con redención, asistido de su Defensor. Cúmplase.-
LA JUEZ TERCERO DE EJECUCIÓN

DRA. YOLEYDA MONTILLA FEREIRA.-
La Secretaria,

Abog. PATRICIA ORDÓÑEZ

En la misma fecha se registró la anterior resolución bajo el N° 014-04 y se libraron oficios No. 062-04 al 065-04.-
La Secretaria,

Causa N° 3E-088-01.-