En horas de despacho de hoy VIERNES, 09 DE Enero del año dos mil Cuatro, siendo las ONCE DE LA MAÑANA (11:00 A.M.) fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción judicial del estado Zulia, para llevar a efecto la medida de embargo decretada por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Sala de Juicio-Juez Unipersonal N° 02, relacionada con el Juicio que por DIVORCIO ORDINARIO sigue el Ciudadano CARLOS ALBERTO MIQUILENA SANTIAGO contra la Ciudadana ANDREINA MARGOTH MUJICA BAVARESCO y donde este Tribunal ha sido comisionado para llevar a efecto medida de EMBARGO decretado por el Tribunal de la causa. Seguidamente y una vez presente el tribunal en La Asesoría Jurídica de la Universidad del Zulia, se procedió a notificar a LEONARDO R. MORALES G., titular de la Cédula de Identidad Número V-7.710.307, con el carácter de APODERADO JUDICIAL de la Universidad del Zulia a quién se impuso de la medida de embargo decretada por el tribunal de la causa contra la ciudadana ANDREINA MARGOTH MUJICA BAVARESCO, titular de la Cédula de Identidad Número V-7.979.609 y quién expuso: “Me doy por notificado pero con las reservas siguientes: PRIMERO: Determinar si la Ciudadana ANDREINA MARGOTH MUJICA BAVARESCO, parte demandada es trabajador al servicio de la Universidad del Zulia..- SEGUNDO: Si existe otra medida practicada con relación a la presente.- TERCERO: Determinar sobre alguna acreencia a favor de La Universidad del Zulia.- CUARTO: determinar si le han sido adelantadas prestaciones sociales o emolumento alguno y QUINTO: cualesquiera otra situación que derive en relación a lo antes expuesto”. Seguidamente este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA FORMALMENTE EMBARGADO: 1) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) SOBRE LAS PRESTACIONES SOCIALES, BONO VACACIONAL, BONOS DE AGUINALDOS, INTERESES DE PRESTACIONES SOCIALES, ANTICIPO DE ANTIGÜEDAD, CAJA DE AHORROS Y CUALQUIER OTRO CONCEPTO QUE LE PUEDA CORRESPONDER A LA CIUDADANA ANDREINA MARGOTH MUJICA BAVARESCO, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD NUMERO V-7.979.609. Y ASI SE CONFIRMA.- El tribunal deja constancia que las cantidades de dinero a retener deberán remitidas, en Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 02 EXP. 01846. Cumplida como ha sido la presente comisión, se ordena el traslado del Tribunal a su lugar de origen. Terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ :
EL NOTIFICADO :

LA SECRETARIA