En horas de despacho de hoy VIERNES, 09 DE Enero del año dos mil Cuatro, siendo las ONCE Y DIEZ MINUTOS DE LA MAÑANA (11:10 A.M.) , fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción judicial del estado Zulia, para llevar a efecto la medida de embargo decretada por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Sala de Juicio-Juez Unipersonal N° 01, relacionada con el Juicio que por RECLAMACION ALIMENTARIA sigue La Ciudadana MIREYA JOSEFINA CARILLO CAÑIZALEZ contra el Ciudadano JOSE MINEIRO ZAMBRANO y donde este Tribunal ha sido comisionado para llevar a efecto medida de EMBARGO PROVISIONAL decretado por el Tribunal de la causa. Seguidamente y una vez presente el tribunal en la sede del Departamento de Nómina de la Universidad del Zulia, se procedió a notificar a LEONARDO R. MORALES G., titular de la Cédula de Identidad Número V-7.710.307, con el carácter de Apoderado Judicial de la Universidad del Zulia a quién se impuso de la medida de embargo decretada por el tribunal de la causa contra el ciudadano JOSE MINEIRO ZAMBRANO, titular de la Cédula de Identidad Número V-10.420.060 y quién expuso: “Me doy por notificado pero con las reservas siguientes: PRIMERO: Determinar si el Ciudadano JOSE MINEIRO ZAMBRANO, parte demandada es trabajador al servicio de la Universidad del Zulia..- SEGUNDO: Si existe otra medida practicada con relación a la presente.- TERCERO: Determinar sobre alguna acreencia a favor de La Universidad del Zulia.- CUARTO: determinar si le han sido adelantadas prestaciones sociales o emolumento alguno y QUINTO: cualesquiera otra situación que derive en relación a lo antes expuesto”. Seguidamente este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA FORMALMENTE EMBARGADO: 1) EL VEINTE POR CIENTO (20%) DEL CONCEPTO DE ANTIGÜEDAD Y DEL BENEFICIO DE CESTA TICKET QUE DEVENGA EL DEMANDADO JOSE MINEIRO ZAMBRANO, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD NUMERO V-10.420.060. Y ASI SE CONFIRMA.- El tribunal deja constancia que las cantidades de dinero a retener deberán ser entregadas directamente a la reclamante de autos o remitirlas, en Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 01 EXP. 02133. Igualmente se hace saber al notificado que debe informar al Tribunal de la causa sobre el sueldo básico, bono vacacional, primas por hijos o cualquier otro beneficio que perciba mensual o anualmente el demandado e indicar de manera detallada las deducciones que recaen sobre el sueldo del referido Ciudadano Cumplida como ha sido la presente comisión, se ordena el traslado del Tribunal a su lugar de origen. Terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ :
EL NOTIFICADO :
LA SECRETARIA