En horas de Despacho del día de hoy MARTES VEINTISIETE (27) de Enero de dos mil cuatro, siendo las NUEVE Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA (9:30 A.M.), fecha y hora fijada por el JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIONJUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, para llevar a efecto la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretada por el Juzgado Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana, relacionada con el Juicio que por COBRO DE BOLIVARES VIA EJECUTIVA sigue el FISCO NACIONAL contra FUNDACION LABORATORIOS DE SERVICIOS TECNICOS PETROLEROS. Se traslado y constituyo este Tribunal en el sitio señalado por la apoderada judicial de la parte actora Abogada IRENE DIAZ DE FERRER, específicamente en la FUNDACION LABORATORIOS DE SERVICIOS TECNICOS PETROLEROS, ubicada calle 95 con AV. 1-A, Sector La Ciega, Parroquia Bolívar, Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Una vez presente este Tribunal en el sitio indicado, se procedió a notificar al Ciudadano NELSON ANTONIO MOLERO SUAREZ, titular de la cedula de identidad número V-3.648.161 con el carácter de Director Presidente de la FUNDACION LABORATORIOS DE SERVICIOS TECNICOS PETROLEROS y a quien se impuso del motivo de la presencia del Tribunal. En este estado presente la Abogada IRENE DIAZ DE FERRER, con el carácter acreditado en autos, expuso: “Pido a este Tribunal que na vez llevada a efecto la notificación, proceda a darle cumplimiento a la medida de embargo ejecutivo decretada por el Tribunal de la causa y parta tal efecto designe Perito Avaluador, asimismo solicito se designe como Depositaria de los bienes a embargar ejecutivamente en este acto a la FUNDACION LABORATORIOS DE SERVICIOS TECNICOS PETROLEROS, en la persona del Ciudadano NELSON ANTONIO MOLERO SUAREZ, antes identificado y parte notificada en este acto, todo a los efectos de no interrumpir la actividad o servicio público que la demandada cumple”. Vista la anterior exposición este Tribunal este Tribunal procede a designar como Perito Avaluador y Depositario Judicial, a los Ciudadanos EDGAR JOSE VAZQUEZ PAZ, titular de la cedula de identidad número V- 3. 263.996 y NELSON ANTONIO MOLERO SUAREZ, ITULAR DE LA Cédula de Identidad Número V-3.648.161, respectivamente, este último en su carácter de Director Presidente de la FUNDACION LABORATORIOS DE SERVICIOS TECNICOS PETROLEROS, parte demandada en el presente proceso y quienes una vez impuestos de los cargos recaídos en sus persona, expusieron: “Aceptamos los cargos de Perito Avaluador y Depositario Judicial, respectivamente, para los cuales hemos sido designados”. Seguidamente les fue tomado el juramento de ley de la manera siguiente: ¿Ciudadanos EDGAR JOSE VAZQUEZ PAZ y NELSON ANTONIO MOLERO SUAREZ, juran ustedes cumplir fielmente con los deberes inherentes a los cargos de perito avaluador y depositario judicial para los cuales han sido designados?, Contestaron: “Si, juramos cumplir fielmente con los deberes inherentes a los mismos”. En este estado presente la apoderada judicial de la parte actora, expuso: “Señalo a este Tribunal los siguientes bienes propiedad de la demandada a fin de que sean embargados Ejecutivamente hasta cubrir la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS VEINTINUEVE BOLIVARES (Bs. 254.067.329,oo)”. Los cuales una vez señalados, presente el Perito Avaluador, expuso: Trátese de: UNO, Un CROMATOGRAFO DE GASES, CP3380, Marca VARIAN, serial 03-925007-35, avaluado en la cantidad de CUARENTA Y TRES MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 43.000.000,oo).- DOS, Un aire acondicionado Central, marca carrier, de 5 Ton., Modelo 50ZP-148-301, Serial 0998641120, avaluado en la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,oo).- TRES, Un aire acondicionado Central, marca carrier, de 5 Ton., Modelo 50ZP-148-301, Serial 0998641104, avaluado en la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,oo).- CUATRO, Un aire acondicionado Central, marca carrier, de 5 Ton., Modelo 50ZP-060-301, Serial 3099642748, avaluado en la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,oo).-CINCO, Un aire acondicionado Central, marca carrier, de 5 Ton., Modelo 50ZP-060-301, Serial 3099642746, avaluado en la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,oo).- SEIS, Un aire acondicionado Central, marca carrier, de 5 Ton., Modelo 50ZP-060-301, Serial 3099642719, avaluado en la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,oo).- SIETE, Un aire acondicionado Central, marca carrier, de 5 Ton., Modelo 50ZP-060-301, Serial 3499642582, avaluado en la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,oo).- OCHO, Un aire acondicionado Central, marca carrier, de 5 Ton., Modelo 50ZP-060-301, Serial 3499642581, avaluado en la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,oo).- NUEVE, Un aire acondicionado Central, marca carrier, de 5 Ton., Modelo 50ZP-060-301, Serial 3999642657, avaluado en la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,oo).- DIEZ, Un aire acondicionado Central, marca carrier, de 5 Ton., Modelo ILEGIBLE, Serial Ilegible, avaluado en la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,oo).- ONCE, Un aire acondicionado Central, marca PEAKE, de 3 Ton., Modelo Ilegible, Serial Ilegible, avaluado en la cantidad de UN MILLON DE BOLIVARES (Bs. 1.000.000,oo).- DOCE, Un aire acondicionado Central, marca carrier, de 3 Ton., Modelo Ilegible, Serial Ilegible, avaluado en la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,oo).- TRECE, Un aire acondicionado Central, marca carrier, de 10 Ton., Modelo Ilegible, Serial Ilegible, avaluado en la cantidad de TRES MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 3.000.000,oo).- CATORCE, Un aire acondicionado Central, marca PEAKE, de 5 Ton., Modelo Ilegible, Serial Ilegible1, avaluado en la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,oo).-QUINCE, Un aire acondicionado Central, marca carrier, de 5 Ton., Modelo Split, Serial 3397E15888, avaluado en la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,oo).- DIECISEIS, Un aire acondicionado Central, marca carrier, de 5 Ton., Modelo Split, Serial 3397E15886, avaluado en la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,oo).- DIECISIETE, Un aire acondicionado Central, marca Peake, de 5 Ton., Modelo Ilegible, Serial Ilegible, avaluado en la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,oo).- DIECIOCHO, Un aire acondicionado Central, marca Peake, de 5 Ton., Modelo Ilegible, Serial Ilegible, avaluado en la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,oo).- DIECINUEVE, Un aire acondicionado Central, marca carrier, de 5 Ton., Modelo Split, Serial 0898E17230, avaluado en la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,oo).- VEINTE, Un aire acondicionado Central, marca carrier, de 5 Ton., Modelo Split, Serial 0898E17236, avaluado en la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,oo).- VEINTIUNO, Un aire acondicionado Central, marca carrier, de10 Ton., Modelo 50TJ-012, Serial 1699E30885, avaluado en la cantidad de TRES MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 3.000.000,oo).-VEINTIDOS, Un aire acondicionado Central, marca carrier, de 5 Ton., Modelo 50ZP-048-311, Serial 4499E40179, avaluado en la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.1.500.000,oo).-VEINTITRES, Un aire acondicionado Central, marca carrier, de 5 Ton., Modelo 50ZO-048-311, Serial 4499E40192, avaluado en la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,oo).- VEINTICUATRO, Un aire acondicionado Central, marca carrier, de 5 Ton., Modelo Ilegible, Serial Ilegible, avaluado en la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,oo).- VEINTICINCO, Un aire acondicionado Central, marca Peake, de 3 Ton., Modelo Ilegible, Serial Ilegible, avaluado en la cantidad de UN MILLON DE BOLIVARES (Bs. 1.000.000,oo).- VEINTISEIS, Un equipo de computación compuesto por Monitor AOC, Modelo 4V, Serial DC/5592034766; scanner marca Genius, Serial S788633374; Impresora HP Deskjet 930, Modelo C6427A, Serial MXLLV1S1SN, Avaluado En la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000,oo).- VEINTISIETE, Un equipo de computación compuesto por Monitor HP, Serial KP72246775; scanner marca HP, Modelo 6887710A, Serial 916852410A75101514HS7000; Impresora HP, Modelo C58847, Serial US77S1W00T, Avaluado En la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000,oo).- VEINTIOCHO, Un equipo de computación compuesto por Monitor HP Ultra viga 1280, Modelo D2835, Serial KR72246247; CPU HP Vectra XA, Serial MX74668200, Modelo XA5/200DT, Avaluado En la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000,oo).- VEINTINUEVE, Un equipo de computación compuesto por Monitor AOC, Modelo Spectrum 4V, Serial ECS5925022372; Impresora HP, Modelo C2170A, Serial SGAAH14GX, CPU HP, Modelo XA5/20UDT, Serial MX74660375 Avaluado En la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000,oo).- TREINTA, Impresora HP, Modelo c6414, Serial MX95L1COXS, Avaluada en CXIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,oo).- TREINTA Y UNO, Impresora HP Deskjet 840C, Modelo C6414A, serial MXOCJ1YOSW, avaluada en CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,oo).- TREINTA Y DOS, Un Computador portátil, Marca Toshiba, Modelo 18007S253, serial 81643817PU, Avaluado en la cantidad de UN MILLON DE BOLIVARES (Bs. 1.000.000,oo).- TREINTA Y TRES, Un equipo de computación compuesto por Monitor Minimicro, Modelo MM1439, Serial 129325431A; scanner marca Plustek, Modelo 4831P, Serial 4832374199; Impresora HP Deskjet 10C, Modelo C6450A, Serial MX96K1300X, Impresora HP Deskjet 670C, Modelo C5884A, Serial US7AK1TOVS, Avaluado En la cantidad de OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 800.000,oo).- TREINTA Y CUATRO, Impresora HP Deskjet 840C, Modelo C6414A, Serial MX0201V89, avaluada en CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 150.000,oo).- TREINTA Y CINCO, Un CPU Minitower, Serial 50126, avaluado en DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,oo).- TREINTA Y SEIS, Impresora HP Láser Jet 4L, avaluada en DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,oo). Los bienes muebles anteriormente señalados, identificados y avaluados suman la cantidad total de OCHENTA Y SEIS MILLONES CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 86.050.000,oo). Seguidamente y una vez llevada a efecto la identificación y avalúo de los bienes señalados, este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA FORMALMENTE EMBARGADOS EJECUTIVAMENTE LOS BIENES ANTERIORMENTE SEÑALADOS, IDENTIFICADOS Y AVALUADOS HASTA POR LA CANTIDAD DE OCHENTA Y SEIS MILLONES CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 86.050.000,oo) Y ASI SE CONFIRMA. En este estado presente el Apoderado de la parte actora, expuso: “Por cuanto el monto de los bienes embargados no alcanza a cubrir la suma decretada, me reservo el derecho de seguir indicando bienes propiedad de la demandada hasta cubrir dicha suma”. Seguidamente este Tribunal leyó al Depositario Judicial designado, las obligaciones contenidas en el Artículo 541 del Código de Procedimiento Civil, a lo cual contestó estar en conocimiento de las mismas; en consecuencia este Tribunal deja en manos del depositario Judicial designado, los bienes muebles objeto de la presente medida de Embargo Ejecutivo y quién los recibe en este acto. Este Tribunal y la Apoderada Judicial de la parte actora, dejan constancia que no se ha recibido ningún tipo de emolumento para la práctica de la presente medida. Cumplida como ha sido la presente comisión, se ordena el traslado del Tribunal a su lugar de origen. Terminó, se leyó y conformes firman.-

EL JUEZ :



ABOG. GUILLERMO INFANTE EL NOTIFICADO-DEPOSITARIO
JUDICIAL:



LA APODERADA JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA: EL PERITO AVALUADOR ;





LA SECRETARIA :




En horas de Despacho del día de hoy MARTES VEINTISIETE (27) de Enero de dos mil cuatro, siendo las NUEVE Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA (9:30 A.M.), fecha y hora fijada por el JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIONJUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, para llevar a efecto la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretada por el Juzgado Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana, relacionada con el Juicio que por COBRO DE BOLIVARES VIA EJECUTIVA sigue el FISCO NACIONAL contra FUNDACION LABORATORIOS DE SERVICIOS TECNICOS PETROLEROS. Se traslado y constituyo este Tribunal en el sitio señalado por la apoderada judicial de la parte actora Abogada IRENE DIAZ DE FERRER, específicamente en la FUNDACION LABORATORIOS DE SERVICIOS TECNICOS PETROLEROS, ubicada calle 95 con AV. 1-A, Sector La Ciega, Parroquia Bolívar, Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Una vez presente este Tribunal en el sitio indicado, se procedió a notificar al Ciudadano NELSON ANTONIO MOLERO SUAREZ, titular de la cedula de identidad número V-3.648.161 con el carácter de Director Presidente de la FUNDACION LABORATORIOS DE SERVICIOS TECNICOS PETROLEROS y a quien se impuso del motivo de la presencia del Tribunal. En este estado presente la Abogada IRENE DIAZ DE FERRER, con el carácter acreditado en autos, expuso: “Pido a este Tribunal que na vez llevada a efecto la notificación, proceda a darle cumplimiento a la medida de embargo ejecutivo decretada por el Tribunal de la causa y parta tal efecto designe Perito Avaluador, asimismo solicito se designe como Depositaria de los bienes a embargar ejecutivamente en este acto a la FUNDACION LABORATORIOS DE SERVICIOS TECNICOS PETROLEROS, en la persona del Ciudadano NELSON ANTONIO MOLERO SUAREZ, antes identificado y parte notificada en este acto, todo a los efectos de no interrumpir la actividad o servicio público que la demandada cumple”. Vista la anterior exposición este Tribunal este Tribunal procede a designar como Perito Avaluador y Depositario Judicial, a los Ciudadanos EDGAR JOSE VAZQUEZ PAZ, titular de la cedula de identidad número V- 3. 263.996 y NELSON ANTONIO MOLERO SUAREZ, ITULAR DE LA Cédula de Identidad Número V-3.648.161, respectivamente, este último en su carácter de Director Presidente de la FUNDACION LABORATORIOS DE SERVICIOS TECNICOS PETROLEROS, parte demandada en el presente proceso y quienes una vez impuestos de los cargos recaídos en sus persona, expusieron: “Aceptamos los cargos de Perito Avaluador y Depositario Judicial, respectivamente, para los cuales hemos sido designados”. Seguidamente les fue tomado el juramento de ley de la manera siguiente: ¿Ciudadanos EDGAR JOSE VAZQUEZ PAZ y NELSON ANTONIO MOLERO SUAREZ, juran ustedes cumplir fielmente con los deberes inherentes a los cargos de perito avaluador y depositario judicial para los cuales han sido designados?, Contestaron: “Si, juramos cumplir fielmente con los deberes inherentes a los mismos”. En este estado presente la apoderada judicial de la parte actora, expuso: “Señalo a este Tribunal los siguientes bienes propiedad de la demandada a fin de que sean embargados Ejecutivamente hasta cubrir la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS VEINTINUEVE BOLIVARES (Bs. 254.067.329,oo)”. Los cuales una vez señalados, presente el Perito Avaluador, expuso: Trátese de: UNO, Un CROMATOGRAFO DE GASES, CP3380, Marca VARIAN, serial 03-925007-35, avaluado en la cantidad de CUARENTA Y TRES MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 43.000.000,oo).- DOS, Un aire acondicionado Central, marca carrier, de 5 Ton., Modelo 50ZP-148-301, Serial 0998641120, avaluado en la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,oo).- TRES, Un aire acondicionado Central, marca carrier, de 5 Ton., Modelo 50ZP-148-301, Serial 0998641104, avaluado en la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,oo).- CUATRO, Un aire acondicionado Central, marca carrier, de 5 Ton., Modelo 50ZP-060-301, Serial 3099642748, avaluado en la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,oo).-CINCO, Un aire acondicionado Central, marca carrier, de 5 Ton., Modelo 50ZP-060-301, Serial 3099642746, avaluado en la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,oo).- SEIS, Un aire acondicionado Central, marca carrier, de 5 Ton., Modelo 50ZP-060-301, Serial 3099642719, avaluado en la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,oo).- SIETE, Un aire acondicionado Central, marca carrier, de 5 Ton., Modelo 50ZP-060-301, Serial 3499642582, avaluado en la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,oo).- OCHO, Un aire acondicionado Central, marca carrier, de 5 Ton., Modelo 50ZP-060-301, Serial 3499642581, avaluado en la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,oo).- NUEVE, Un aire acondicionado Central, marca carrier, de 5 Ton., Modelo 50ZP-060-301, Serial 3999642657, avaluado en la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,oo).- DIEZ, Un aire acondicionado Central, marca carrier, de 5 Ton., Modelo ILEGIBLE, Serial Ilegible, avaluado en la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,oo).- ONCE, Un aire acondicionado Central, marca PEAKE, de 3 Ton., Modelo Ilegible, Serial Ilegible, avaluado en la cantidad de UN MILLON DE BOLIVARES (Bs. 1.000.000,oo).- DOCE, Un aire acondicionado Central, marca carrier, de 3 Ton., Modelo Ilegible, Serial Ilegible, avaluado en la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,oo).- TRECE, Un aire acondicionado Central, marca carrier, de 10 Ton., Modelo Ilegible, Serial Ilegible, avaluado en la cantidad de TRES MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 3.000.000,oo).- CATORCE, Un aire acondicionado Central, marca PEAKE, de 5 Ton., Modelo Ilegible, Serial Ilegible1, avaluado en la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,oo).-QUINCE, Un aire acondicionado Central, marca carrier, de 5 Ton., Modelo Split, Serial 3397E15888, avaluado en la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,oo).- DIECISEIS, Un aire acondicionado Central, marca carrier, de 5 Ton., Modelo Split, Serial 3397E15886, avaluado en la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,oo).- DIECISIETE, Un aire acondicionado Central, marca Peake, de 5 Ton., Modelo Ilegible, Serial Ilegible, avaluado en la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,oo).- DIECIOCHO, Un aire acondicionado Central, marca Peake, de 5 Ton., Modelo Ilegible, Serial Ilegible, avaluado en la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,oo).- DIECINUEVE, Un aire acondicionado Central, marca carrier, de 5 Ton., Modelo Split, Serial 0898E17230, avaluado en la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,oo).- VEINTE, Un aire acondicionado Central, marca carrier, de 5 Ton., Modelo Split, Serial 0898E17236, avaluado en la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,oo).- VEINTIUNO, Un aire acondicionado Central, marca carrier, de10 Ton., Modelo 50TJ-012, Serial 1699E30885, avaluado en la cantidad de TRES MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 3.000.000,oo).-VEINTIDOS, Un aire acondicionado Central, marca carrier, de 5 Ton., Modelo 50ZP-048-311, Serial 4499E40179, avaluado en la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.1.500.000,oo).-VEINTITRES, Un aire acondicionado Central, marca carrier, de 5 Ton., Modelo 50ZO-048-311, Serial 4499E40192, avaluado en la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,oo).- VEINTICUATRO, Un aire acondicionado Central, marca carrier, de 5 Ton., Modelo Ilegible, Serial Ilegible, avaluado en la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,oo).- VEINTICINCO, Un aire acondicionado Central, marca Peake, de 3 Ton., Modelo Ilegible, Serial Ilegible, avaluado en la cantidad de UN MILLON DE BOLIVARES (Bs. 1.000.000,oo).- VEINTISEIS, Un equipo de computación compuesto por Monitor AOC, Modelo 4V, Serial DC/5592034766; scanner marca Genius, Serial S788633374; Impresora HP Deskjet 930, Modelo C6427A, Serial MXLLV1S1SN, Avaluado En la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000,oo).- VEINTISIETE, Un equipo de computación compuesto por Monitor HP, Serial KP72246775; scanner marca HP, Modelo 6887710A, Serial 916852410A75101514HS7000; Impresora HP, Modelo C58847, Serial US77S1W00T, Avaluado En la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000,oo).- VEINTIOCHO, Un equipo de computación compuesto por Monitor HP Ultra viga 1280, Modelo D2835, Serial KR72246247; CPU HP Vectra XA, Serial MX74668200, Modelo XA5/200DT, Avaluado En la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000,oo).- VEINTINUEVE, Un equipo de computación compuesto por Monitor AOC, Modelo Spectrum 4V, Serial ECS5925022372; Impresora HP, Modelo C2170A, Serial SGAAH14GX, CPU HP, Modelo XA5/20UDT, Serial MX74660375 Avaluado En la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000,oo).- TREINTA, Impresora HP, Modelo c6414, Serial MX95L1COXS, Avaluada en CXIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,oo).- TREINTA Y UNO, Impresora HP Deskjet 840C, Modelo C6414A, serial MXOCJ1YOSW, avaluada en CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,oo).- TREINTA Y DOS, Un Computador portátil, Marca Toshiba, Modelo 18007S253, serial 81643817PU, Avaluado en la cantidad de UN MILLON DE BOLIVARES (Bs. 1.000.000,oo).- TREINTA Y TRES, Un equipo de computación compuesto por Monitor Minimicro, Modelo MM1439, Serial 129325431A; scanner marca Plustek, Modelo 4831P, Serial 4832374199; Impresora HP Deskjet 10C, Modelo C6450A, Serial MX96K1300X, Impresora HP Deskjet 670C, Modelo C5884A, Serial US7AK1TOVS, Avaluado En la cantidad de OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 800.000,oo).- TREINTA Y CUATRO, Impresora HP Deskjet 840C, Modelo C6414A, Serial MX0201V89, avaluada en CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 150.000,oo).- TREINTA Y CINCO, Un CPU Minitower, Serial 50126, avaluado en DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,oo).- TREINTA Y SEIS, Impresora HP Láser Jet 4L, avaluada en DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,oo). Los bienes muebles anteriormente señalados, identificados y avaluados suman la cantidad total de OCHENTA Y SEIS MILLONES CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 86.050.000,oo). Seguidamente y una vez llevada a efecto la identificación y avalúo de los bienes señalados, este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA FORMALMENTE EMBARGADOS EJECUTIVAMENTE LOS BIENES ANTERIORMENTE SEÑALADOS, IDENTIFICADOS Y AVALUADOS HASTA POR LA CANTIDAD DE OCHENTA Y SEIS MILLONES CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 86.050.000,oo) Y ASI SE CONFIRMA. En este estado presente el Apoderado de la parte actora, expuso: “Por cuanto el monto de los bienes embargados no alcanza a cubrir la suma decretada, me reservo el derecho de seguir indicando bienes propiedad de la demandada hasta cubrir dicha suma”. Seguidamente este Tribunal leyó al Depositario Judicial designado, las obligaciones contenidas en el Artículo 541 del Código de Procedimiento Civil, a lo cual contestó estar en conocimiento de las mismas; en consecuencia este Tribunal deja en manos del depositario Judicial designado, los bienes muebles objeto de la presente medida de Embargo Ejecutivo y quién los recibe en este acto. Este Tribunal y la Apoderada Judicial de la parte actora, dejan constancia que no se ha recibido ningún tipo de emolumento para la práctica de la presente medida. Cumplida como ha sido la presente comisión, se ordena el traslado del Tribunal a su lugar de origen. Terminó, se leyó y conformes firman.-

EL JUEZ :



ABOG. GUILLERMO INFANTE EL NOTIFICADO-DEPOSITARIO
JUDICIAL:



LA APODERADA JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA: EL PERITO AVALUADOR ;





LA SECRETARIA :