En el día de hoy, veintinueve de enero de dos mil cuatro, siendo las diez y cuarenta y cinco minutos de la mañana, día y hora previamente fijada por este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQEU LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a objeto de darle cumplimiento a la Medida de Entrega Material, decretada por el JUZGADO UNDECIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con motivo de EJECUCION DE HIPOTECA, sigue : VENEZOLANO DE CREDITO S.A., BANCO UNIVERSAL, en virtud de la fusión por absorción que hizo de SOFICREDITO BANCO DE INVERSION, C.A., contra el ciudadano: BARTOLO JOSE QUINTERO FERNANDEZ Y ARGELIA DEL VALLE LOZADA PEÑA.- Seguidamente este Tribunal se trasladó por solicitud e indicación del Apoderado Judicial de la parte actora, abogadas en ejercicio : ANA CRISTINA MUÑAGORRI DE MENDEZ Y MONICA GOVEA DE FEBRES, inscritos en el I.P.S.A, bajos los Nos.7.460 y 40.761, respectivamente, a la siguiente dirección: Barrio El Perú, avenida 9 con calle 19, signado con el No. 19-30, del Municipio Autónomo San Francisco del Estado Zulia.- Una vez constituido este Tribunal en la dirección antes señalada, se procedió a notificar del traslado y constitución del mismo, se procedió a notificar del traslado y constitución del mismo, al ciudadano: BARTOLO JOSE QUINTERO FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad No.V-7.789.219 y de este domicilio, en su carácter de codemandado en el presente juiciol.-De inmediato este Tribunal procede a nombrar práctico al ciudadano: IGOR DELGADO HUERTA, venezolano, mayor de edad, casado, Licenciado en Administración, portadora de la cédula de identidad No.V-5.170.472 y de este domicilio, quién estando presente aceptó el cargo y el Tribunal procede a juramentarlo de la manera siguiente: Jura usted, cumplir con todas y cada unas de las obligaciones que le impone elc argo recaído en su persona? Contestó: Si lo juro.- Seguidamente este Tribunal gira instrucciones al práctico nombrado al efecto, a objeto que identifique y determine el inmueble objeto de la presente medida, y lo hace de la manera siguiente: Tratese de un inmueble ubicado en la dirección antes señalada, estructurado y conformado de la manera siguiente: Columna, viguetas y fundaciones en la nave central del inmueble, con paredes de bloque frisado, piso de cerámica en sus interiores y piso de cemento rustico en las áreas externas del inmueble, con placa de concreto armado y vaciado en su techo, el inmueble posee protección de metal de hierro en las puertas de acceso al mismo, al igual que en las ventanas, con puertas de madera estamborada en los ambientes interiores.- El inmueble consta de sala, comerlo a de nivel, cocina, tres habitaciones, tres salas sanitarias, y áreas de lavandería.- El inmueble se encuentra enclavado dentro de un área de terreno cuya superficie aproximada alcanza los TRESCIENTOS METROS CUADRADOS (300Mts2), y el mismo se encuentra dentro de los siguientes linderos: NORTE, SUR Y OESTE: CON TERRENO CON PROPIEDAD de ANDRES ANDRADE PRIETO; ESTE: con vía pública que es su frente.- El referido inmueble se encuentra cercado por cerca metal de bloques de cemento por sus laterales y fondo y por cerca de bloque de cemento, columnas, viguetas y pérgolas, así como por un portón corredizo de metal de hierro para el área de garaje, el cual tiene enmarcado en el mismo otro portón que funge para acceso peatonal.- Asimismo hago constar que el inmueble en el área de la cocina posee unos mozones o estructura de concreto armado y vaciado, revestido por cerámica, así como los accesorios de las salas de servicio sanitario.- Acto seguido este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Hacerle Entrega Material, del bien inmueble, una porción de terreno y la casa sobre él construida, antes identificados, a la parte demandante VENEZOLANO DE CREDITO S.A., BANCO UNIVERSAL, quién estando presente sus Apoderadas Judiciales Abogados en ejercicios: ANA CRISTINA MUÑAGORRI DE MENDEZ Y MONICA GOVEA DE FERRES, antes identificadas, declaran recibirlo conforme a derecho y a los efectos de ley.- Seguidamente este Tribunal deja constancia que no ha recibido pago alguno en el cumplimiento de sus servicios, todo de conformidad con los Artículos 26 y 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, asi lo hacen constar las partes, intervinientes y firmantes de la presente acta.- Concluyó el acto siendo las doce y treinta minutos del mediodía.- Terminó se leyó y conforme firman.-
EL JUEZ,
ABOG. DIXON AVENDAÑO VILLALOBOS
EL NOTIFICADO Y CODEMANDADO,
LAS EJECUTANTES,
EL PRACTICO,
LA SECRETARIA,
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