En horas de despacho del día de hoy Veintiseis (26) de enero de dos mil cuatro (2004), siendo las doce y diez de la tarde (12:10 PM), de conformidad con lo acordado y a pedimento de parte, se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción judicial del Estado Zulia, en un inmueble conformado por un terreno que funciona como estacionamiento, sin nomenclatura Municipal visible, ubicado en la Circunvalación numero 2, al fondo del Centro Comercial 2000, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, sitio señalado por la apoderada judicial de la parte ejecutante abogada Mariana Isabel Lugo Sanz, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 15.311.678, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 99.120, domiciliada en Maracaibo Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO decretada por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con motivo del juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO sigue la Sociedad Mercantil TRANSPORTE G & S, C.A., domiciliada en Maracaibo Estado Zulia, inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el día 01 de noviembre de 1993, bajo el No. 10, tomo 7-A, en contra de la Sociedad Mercantil SIBRCRO L.L.C, con domicilio principal en P.C. 212 South Central Suite, 304, Clayton, Missouri 63105, constituida legalmente conforme a las Leyes del Estado de Missouri, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, a tenor del Acta Constitutiva Registrada por ante la División de Compañías de la Secretaria de Estado del Estado de Missouri, en fecha 17 de octubre de 1995, y con sucursal en esta Ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia de la Republica Bolivariana de Venezuela, según Acta de Asamblea Extraordinaria de Socios de la Compañía de Responsabilidad Limitada, SIBRCRO L.L.C, celebrada el 26 de Marzo de 1998. Una vez constituido el Tribunal en la Dirección ya indicada, procede a notificar de su misión al ciudadano Alexis Agustín Aular Valera, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 7.827.078, domiciliado en Maracaibo Estado Zulia, quien dijo representar a la Sociedad Mercantil SIBRCRO L.L.C. Acto seguido el Tribunal designa Perito Avaluador, al ciudadano Alberto José Navarro, Venezolano, mayor de edad, casado, domiciliado en Maracaibo, Estado Zulia, con cédula de identidad No. 3.510.222, quien expuso: "Acepto el cargo recaído en mi persona". De seguida el Tribunal procedió a tomarle el juramento de Ley en la forma siguiente: Jura usted cumplir con los deberes inherentes al cargo de perito recaído en su persona?, contestó: "Lo juro". Seguidamente procede a designar como Depositario Judicial a la DEPOSITARIA JUDICIAL MARACAIBO, C.A. (DEJUMACA), representada en este acto por el ciudadano Alberto Navarro, antes identificado, quien estando presente expuso: “En nombre de mi representada acepto el cargo recaído en la misma”; y fue juramentado de la manera siguiente: En nombre de su representada jura usted cumplir fielmente con los deberes inherentes al cargo recaído en la misma; y contestó: “Lo Juro”. En este estado presente la apoderada judicial de la parte ejecutante abogada Mariana Isabel Lugo Sanz, ya identificada, expuso: Señalo para ser embargados preventivamente los siguientes vehículos propiedad de la demandada, los cuales pido sean identificados y avaluados por el perito designado: 1) Un (01) CHUTO MARCA MACK, PLACAS 23Z-MAP, serial de motor 6 Cil, serial de carrocería No. 1M2P264Y4XMO27826, MODELO RD690S, AÑO 1999, COLOR BLANCO, CLASE CAMION, USO CARGA, dicho chuto presenta Latonería y pintura en regulares condiciones, diez (10) cauchos en uso en regulares condiciones, tapicería y tablero en regulares condiciones, retrovisores a ambos lados avaluado en CUARENTA Y CINCO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 45.000.000, 00). 2) Una (01) PLATAFORMA, MARCA FABRICACION TRAILER EXTRANJERA AD-32, PLACAS 24C-BAI, SERIAL DE CARROCERIA No. 1S8AD3232W0009837, AÑO 1998, COLOR GRIS, CLASE REMOLQUE CARGA, dicha plataforma de aluminio posee doce (12) cauchos en uso en regulares condiciones, avaluada en VEINTE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 20.000.000, 00). 3) Un (01) CHUTO MARCA MACK, PLACAS 22Z-MAP, serial de motor 6 Cil, serial de carrocería No. 1M2P264C8WM027797, MODELO RD690S, AÑO 1998, COLOR BLANCO, CLASE CAMION, USO CARGA, dicho chuto presenta Latonería y pintura en regulares condiciones, 10 cauchos en uso en regulares condiciones, tapicería y tablero en regulares condiciones, retrovisores a ambos lados avaluado en CUARENTA Y CINCO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 45.000.000, 00). 4) Una (01) PLATAFORMA, MARCA FABRICACION SUMMIT EXTRANJERA TRAILER, PLACAS 21C-BAI, SERIAL DE CARROCERIA No. 1S8AD3232W0009840, AÑO 1998, COLOR GRIS, CLASE REMOLQUE CARGA, dicha plataforma de aluminio posee doce (12) cauchos en uso en regulares condiciones, avaluada en VEINTE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 20.000.000, 00). 5) Un (01) CHUTO MARCA MACK, PLACAS 24Z-MAP, serial de motor 6 Cil, serial de carrocería No. 1M2P264C4WM027800, MODELO RD690S, AÑO 1998, COLOR BLANCO, CLASE CAMION, USO CARGA, dicho chuto presenta Latonería y pintura en regulares condiciones, 10 cauchos en uso en regulares condiciones, tapicería y tablero en regulares condiciones, retrovisores a ambos lados avaluado en CUARENTA Y CINCO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 45.000.000, 00). 6) Una (01) PLATAFORMA, MARCA FABRICACION AD-32 EXTRANJERA SUMMIT, PLACAS 26Z-MAP, SERIAL DE CARROCERIA No. 1S8AD3236W0009839, AÑO 1998, COLOR GRIS, dicha plataforma de aluminio posee DIEZ (10) cauchos en uso en regulares condiciones, avaluada en VEINTE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 20.000.000, 00). 7) Un (01) CHUTO MARCA MACK, PLACAS 18Z-MAP, serial de motor 6 Cil, serial de carrocería No. 1M2P264C6WM027796, MODELO RD690S, AÑO 1998, COLOR BLANCO, CLASE CAMION, USO CARGA, dicho chuto presenta Latonería y pintura en regulares condiciones, 10 cauchos en uso en regulares condiciones, tapicería y tablero en regulares condiciones, retrovisores a ambos lados avaluado en CUARENTA Y CINCO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 45.000.000, 00). 8) Una (01) PLATAFORMA, MARCA FABRICACION TRAILER EXTRANJERA AD-32, PLACAS 14C-BAI, SERIAL DE CARROCERIA No. 1S8AD3238W0009843, AÑO 1998, COLOR GRIS, CLASE REMOLQUE CARGA, dicha plataforma de aluminio posee diez (10) cauchos en uso en regulares condiciones, avaluada en VEINTE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 20.000.000, 00). 9) 1) Un (01) CHUTO MARCA MACK, PLACAS 19Z-MAP, serial de motor 6 Cil, serial de carrocería No. 1M2P264Y2XMO27825, MODELO RD690S, AÑO 1999, COLOR BLANCO, CLASE CAMION, USO CARGA, dicho chuto presenta Latonería y pintura golpeada en la puerta delantera derecha y parte de la cabina, y escape golpeado, 10 cauchos en uso en malas condiciones, tapicería y tablero en regulares condiciones, retrovisores a ambos lados avaluado en CUARENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 40.000.000, 00). 10) Una (01) PLATAFORMA, MARCA FABRICACION TRAILER EXTRANJERA AD-32, PLACAS 15C-BAI, SERIAL DE CARROCERIA No. 1S8AD3235W0009847, AÑO 1998, COLOR GRIS, CLASE REMOLQUE CARGA, dicha plataforma de aluminio posee ocho (08) cauchos en uso en regulares condiciones, avaluada en VEINTE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 20.000.000, 00). 11) Una (01) PLATAFORMA, MARCA FABRICACION AD-32 EXTRANJERA SUMMIT, PLACAS 25Z-MAP, SERIAL DE CARROCERIA No. 1S8AD323XW0009844, AÑO 1998, COLOR GRIS, CLASE CARGA ESPECIAL, dicha plataforma de aluminio posee doce (12) cauchos en uso en regulares condiciones, avaluada en VEINTE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 20.000.000, 00). 12) Un (01) CHUTO MARCA MACK, PLACAS 20Z-MAP, serial de motor 6 Cil, serial de carrocería No. 1M2P267C2WMO38578, MODELO RD688S, AÑO 1998, COLOR BLANCO, CLASE CAMION, USO CARGA, dicho chuto presenta Latonería y pintura en regulares condiciones, diez (10) cauchos en uso en regulares condiciones, tapicería y tablero en regulares condiciones, retrovisores a ambos lados avaluado en CUARENTA Y CINCO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 45.000.000, 00). 13) Una (01) PLATAFORMA, MARCA FABRICACION TRAILER EXTRANJERA AD-32, PLACAS 12C-BAI, SERIAL DE CARROCERIA No. 1S8AD3236W0009842, AÑO 1998, COLOR GRIS, CLASE REMOLQUE CARGA, dicha plataforma de aluminio posee doce (12) cauchos en uso en regulares condiciones, avaluada en VEINTE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 20.000.000, 00). 14) Un (01) CHUTO MARCA MACK, PLACAS 17Z-MAP, serial de motor 6 Cil, serial de carrocería No. 1M2P264C1WMO27799, MODELO RD690S, AÑO 1998, COLOR BLANCO, CLASE CAMION, USO CARGA, dicho chuto presenta Latonería y pintura en regulares condiciones, diez (10) cauchos en uso en regulares condiciones, tapicería y tablero en regulares condiciones, retrovisores a ambos lados avaluado en CUARENTA Y CINCO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 45.000.000, 00). 15) Una (01) PLATAFORMA, MARCA FABRICACION TRAILER EXTRANJERA SUMMIT, PLACAS 23C-BAI, SERIAL DE CARROCERIA No. 1S8AD3234W0009838, AÑO 1998, COLOR GRIS, CLASE REMOLQUE CARGA, dicha plataforma de aluminio posee doce (12) cauchos en uso en regulares condiciones, avaluada en VEINTE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 20.000.000, 00). 16) Una (01) PLATAFORMA, MARCA TRAILER EXTRANJERA AD-32, PLACAS 13C-BAI, SERIAL DE CARROCERIA No. 1S8AD3235W0009850, AÑO 1998, COLOR GRIS, CLASE REMOLQUE CARGA, dicha plataforma de aluminio posee doce (12) cauchos en uso en regulares condiciones, avaluada en VEINTE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 20.000.000, 00). 17) Una (01) PLATAFORMA, MARCA FABRICACION SUMMIT EXTRANJERA AD-32, PLACAS 05C-BAI, SERIAL DE CARROCERIA No. 1S8AD3239W0009849, AÑO 1998, COLOR GRIS, CLASE REMOLQUE CARGA, dicha plataforma de aluminio posee doce (12) cauchos en uso en regulares condiciones, avaluada en VEINTE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 20.000.000, 00). 18) Una (01) PLATAFORMA, MARCA FABRICACION TRAILER EXTRANJERA AD-32, PLACAS 06C-BAI, SERIAL DE CARROCERIA No. 1S8AD3231W0009845, AÑO 1998, COLOR GRIS, CLASE REMOLQUE CARGA, dicha plataforma de aluminio posee doce (12) cauchos en uso en regulares condiciones, avaluada en VEINTE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 20.000.000, 00). 19) Una (01) PLATAFORMA, MARCA FABRICACION SUMMIT EXTRANJERA AD-32, PLACAS 03C-BAI, SERIAL DE CARROCERIA No. 1S8AD3237W0009848, AÑO 1998, COLOR GRIS, CLASE REMOLQUE CARGA, dicha plataforma de aluminio posee doce (12) cauchos en uso en regulares condiciones, avaluada en VEINTE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 20.000.000, 00). 20) Una (01) PLATAFORMA, MARCA FABRICACION SUMMIT EXTRANJERA AD-32, PLACAS 77A-IAC, SERIAL DE CARROCERIA No. 1S8AD3233W0009846, AÑO 1998, COLOR GRIS, CLASE REMOLQUE CARGA, dicha plataforma de aluminio posee doce (12) cauchos en uso en regulares condiciones, avaluada en VEINTE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 20.000.000, 00). 21) Un (01) CHUTO MARCA MACK, PLACAS 21Z-MAP, serial de motor 6 Cil, serial de carrocería No. 1M2P264CXWMO27798, MODELO RD690S, AÑO 1998, COLOR BLANCO, CLASE CAMION, USO CARGA, dicho chuto se encuentra en reparación parcialmente desarmado, presenta Latonería y pintura en regulares condiciones, diez (10) cauchos en uso en regulares condiciones, tapicería y tablero en regulares condiciones, retrovisores a ambos lados avaluado en CUARENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 40.000.000, 00). 22) Una (01) PLATAFORMA, MARCA FABRICACION TRAILER EXTRANJERA SUMMIT, PLACAS 22C-BAI, SERIAL DE CARROCERIA No. 1S8AD3234W0009841, AÑO 1998, COLOR GRIS, CLASE REMOLQUE CARGA, dicha plataforma de aluminio posee doce (12) cauchos en uso en regulares condiciones, avaluada en VEINTE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 20.000.000, 00). 23) Una (01) PLATAFORMA, MARCA FABRICACION AD-32 EXTRANJERA SUMMIT, PLACAS 27Z-MAP, SERIAL DE CARROCERIA No. 1S8AD3230W0009836, AÑO 1998, COLOR GRIS, CLASE VEHICULO, USO CARGA ESPECIAL, dicha plataforma de aluminio posee doce (12) cauchos desmontados en regulares condiciones, se encuentra en reparación de latonería y pintura, avaluada en VEINTE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 20.000.000, 00). El Tribunal en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara formalmente EMBARGADOS PREVENTIVAMENTE, los bienes muebles anteriormente señalados identificados y avaluados, declarando consumada la desposeción jurídica del ejecutado. Dichos bienes suman en conjunto la cantidad SEISCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 650.000.000, 00). En este estado presente el ciudadano Alexis Agustín Aular Valera, ya identificado, actuando en su condición de Representante de la Sociedad Mercantil SIBRCRO, L.L.C. parte demandada en el presente juicio, representación que consta según documento poder debidamente autenticado por ante la Notaria Publica Octava de Maracaibo, en fecha 10 de mayo de 2002, anotado bajo el No. 100, tomo 29 de los libros de autenticación llevados por esa Notaria, el cual se presenta en copia certificada, y consignada en copia simple una vez cotejada con la certificada, copia simple constante de cuatro folios útiles, quien dentro de las facultades que le otorga el mencionado instrumento poder, fue asistido en este acto por el profesional del derecho Juan Pablo Guerrero Cayama, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 13.137.765, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 85.261, expuso: “Solicito a la parte ejecutante Sociedad Mercantil TRANSPORTE G & S, C.A, representada en este acto por su apoderada judicial, que de conformidad con los artículos 11 de la Ley de Deposito Judicial, y 545 del Código de Procedimiento Civil, me de su consentimiento expreso para que los bienes embargados en este acto, anteriormente identificados, permanezcan en custodia de mi representada Sociedad Mercantil SIBRCRO, L.L.C.”. Acto seguido presente la apoderada judicial de la parte ejecutante abogada Mariana Lugo Sanz, antes identificada, expuso: “En nombre de mi representada Sociedad Mercantil TRANSPORTE G & S, C.A, doy mi consentimiento para que los bienes embargados en esta acta, queden en custodia de la parte demandada”. En este estado el Tribunal agrega a la presente comisión constante de cuatro (04) folios útiles, copia simple del documento poder consignado por la parte demandada, el cual fue cotejado con una copia certificada siendo su contenido el mismo, asimismo vista la exposición de la parte ejecutante, y de conformidad con lo establecido en los artículos 11 de la Ley de Deposito Judicial, y 545 del Código de Procedimiento Civil, deja en custodia de los bienes embargados en este acto, arriba identificados, a la parte demandada Sociedad Mercantil SIBRCRO, L.L.C, representada en este acto por el ciudadano Alexis Agustín Aular Valera, ya identificado, quien estando presente y con la asistencia mencionada aceptó el cargo y fue juramentado de la manera siguiente: En nombre de su representada jura usted cumplir fielmente con los deberes inherentes al cargo recaído en la misma; y contestó: “Lo Juro”. Acto seguido el ciudadano Alexis Agustín Aular Valera, declara recibir los bienes embargados en este acto y declara conocer las Leyes y normas que rigen la materia. En este estado presente la apoderada judicial de la parte actora abogada Mariana Lugo Sanz, expuso: “Por cuanto los bienes embargados en este acto no cubren la suma decretada por el tribunal de la causa, me reservo el derecho de seguir señalando bienes de la parte demandada hasta cubrir el monto total decretado, asimismo solicito sean remitidas las presentes actuaciones al juzgado de la causa”. Este Tribunal Ejecutor visto el pedimento hecho por la apoderada judicial de la parte actora ordena remitir las presentes actuaciones al juzgado de la causa. Seguidamente el Tribunal deja constancia que no ha exigido, pago alguno en el cumplimiento de sus servicios, todo de acuerdo a lo establecido en los artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, y así lo hacen constar las partes intervinientes y firmantes de la presente acta. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las siete de la noche (7:00 PM), del día de hoy.
El JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
EL NOTIFICADO REPRESENTANTE DE
LA DEMANDADA Y SU ABOGADO ASISTENTE
LA APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA
EL PERITO Y REPRESENTANTE DE LA DEPOSITARIA
EL SECRETARIO
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