REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT
COM Nº 2174
EXP N° 6317
En el día de hoy 20 de Enero del 2.004, siendo las 11:45 de la mañana, horas de despacho, día y hora fijados por este tribunal para llevar a efecto la Ejecución de la medida de Preventiva de Secuestro sobre los siguientes bienes muebles: Una mesa para computadora marca SOUTH SHORE, modelo 7218-787, una computadora con quemador de CD, ( 256 MG,DIS) marca Microcell modelo PENTIUM III 1GHZ, serial S4CS15BO35730; Una impresora DESKJET( + cable de conexión), marca HP, modelo HP, serial CH08T121OD y un casette de juego N64 marca NINTENDO, modelo MARIO TENIS, decretada en el juicio de Resolución de Contrato de venta con reserva de dominio seguido por LA SOCIEDAD MERCANTIL COMPAÑÍA ANONIMA LA CASA ELÉCTRICA,C.A en contra del ciudadano: JUAN CARLOS IZARRA INFANTE, Titular de la cedula de identidad N° V-9.053.137 por ante el JUZGADO DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO Zulia, con sede en Ciudad Ojeda, y para lo cual fue Exhortado este tribunal.- A señalamiento del apoderado judicial de la parte actora Abogado en Ejercicio: ALIRICO DE JESÚS MARTÍNEZ GONZALEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-1.059.571 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 5444; se traslado y constituyo este órgano ejecutor de medidas en: Un inmueble-vivienda ubicado en El Campo Lidice, tercera calle, casa sin numero visible, manifestando la notificada ser la N° 43-A en BACHAQUERO municipio Valmore Rodriguez del estado Zulia.- Una vez allí constituido se procedió a notificar del objeto de su traslado a: NIOBIS MERCEDES PAZ DE YZARRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V_ 7.820.316, quien manifesto al tribunal ser la conyuge del demandado.- En este Estado pasa el tribunal a designar Perito Avaluador al ciudadano: JUAN JOSE NAVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 13,705.730 a quien el tribunal impuso del cargo recaído en su persona juramentado de la forma siguiente: ¿ Jura Usted cumplir fiel y cabalmente con los deberes y derechos inherentes al cargo recaído en su persona y que acepto? CONTESTO! “Lo Juro”.- En este estado el tribunal acuerda y ordena designar como secuestratario judicial al abogado ALIRICO DE JESÚS MARTÍNEZ GONZALEZ, antes identificado a quien el tribunal juramento de la forma siguiente: ¿ Jura y Acepta Usted cumplir fiel y cabalmente con los deberes y derechos inherentes al cargo recaído en su persona? CONTESTO! “Lo Juro y lo Acepto” .- En este estado presente el apoderado actor ALIRICO DE JESÚS MARTÍNEZ GONZALEZ, antes identificado expuso: Señalo al tribunal para que sea secuestrado preventivamente el siguiente bien: Una mesa para computadora marca South Shore, modelo 7218-787; Una computadora con quemador de CD (256 MG DIS), marca Microcell, serial S4CS15BO35730, Una impresora deskjet, MARCA hewlett packard, modelo HP, 8400, serial MX1451YOCN, un scanner marca microcell modelo HP, serial CH08T121OD, un casette de juego N64 marca NINTENDO, modelo MARIO TENNIS.- En este estado este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, MIRANDA, SIMÓN BOLÍVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA FORMALMENTE SECUESTRADO PREVENTIVAMENTE EL SIGUIENTE BIEN MUEBLE: Una computadora con quemador de CD (256 MG DIS), marca Microcell, serial S4CS15BO35730, Una impresora deskjet, MARCA hewlett packard, modelo HP, 8400, serial MX1451YOCN, un scanner marca microcell modelo HP, serial CH08T121OD, con excepcion de un casette de juego N64 marca NINTENDO, modelo MARIO TENNIS.Y hace formal entrega de los mismos al Secuestratario judicial designado para su guarda y custodia, quien declara recibirlos conforme.- Siendo las 12:30 de la mediodia concluyo el acto.- Termino, se leyó y conformes firman.-