REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
La Asunción, 08 de Enero de 2004.-
193º y 144º


Visto que de la revisión de las actas que conforman el expediente N° 21.538, contentivo del juicio que por EJECUCUOIN DE HIPOTECA incoara la Sociedad Mercantil OPERADORA TURISTICA L.A. CORP, contar la Sociedad Mercantil INVERSIONES PUEBLO CARIBE, C.A., se evidencia que en el documento identificado con la letra “C” (f. 26), suscrito por las partes, específicamente en la cláusula Décima Cuarta, se eligió como domicilio especial la ciudad de Barcelona del Estado Anzoátegui, para todos los efectos derivados y consecuencias de las operaciones contenidas en el documento. En consecuencia, este Tribunal se declara incompetente de seguir conociendo de la misma en razón del territorio, y ordena remitir el presente expediente al Juzgado Distribuidor de Turno de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. Cúmplase.