En el día de hoy, 22 de Enero de 2004, siendo las nueve (09:00) de la mañana, oportunidad esta fijada para que tenga lugar la Audiencia Oral y Pública, se constituyó el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, encontrándose presente la ciudadana BETTYS LUNA AGUILERA, Juez Primero Superior del Trabajo, la ciudadana Abg. BENILDE AGUILLON RANGEL, Secretaria del mencionado Juzgado, con motivo de la RECUSACION interpuesta por el ciudadano, CARLOS EDUARDO CATO, en su carácter de apoderado Judicial de la Empresa RATTAN, C.A. tal y como consta de poder debidamente autenticado por ante la Notaría Pública Primera de Porlamar, en fecha 24 de Febrero de mil novecientos noventa y nueve, anotado bajo el No. 15, Tomo 17 de los libro s de Autenticaciones llevados por ante esa Notaría, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 74.564, contra el Juez Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, el ciudadano EUCLIDES SALAZAR MATA, en fecha quince (15) de Enero de 2004, el cual no se encuentra presente, encontrándose solamente la parte recurrida el ciudadano EUCLIDES SALAZAR MATA, Juez Segundo de primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo plenamente identificada en autos. En la audiencia Oral y Pública la cual fue reproducida en forma audiovisual de conformidad con el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Ordenado como ha sido por la Ciudadana Juez Superior la verificación de la asistencia de las partes, la ciudadana Secretaria del Juzgado Primero Superior del Trabajo, notifica a la Juez Superior, que a este acto solo ha comparecido la representación de la parte recurrida, más no así la parte recurrente, es por lo que esta Alzada, en virtud de lo antes expuesto declara DESISTIDA LA RECUSACIÓN, interpuesta por la parte recurrente. ASI SE DECIDE.
En consecuencia, éste Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: DESISTIDA LA RECUSACIÓN, interpuesta por la parte recurrente, el ciudadano CARLOS EDUARDO CATO, identificado en autos, contra el Juez Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, ciudadano EUCLIDES SALAZAR MATA, debidamente identificado en autos. SEGUNDO: Remítase las presentes actuaciones al Juzgado Segundo de primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial a los efectos de que continué conociendo de la causa. TERCERO: Remítase al Juzgado antes mencionado, copia certificada de la presenta decisión.


Publíquese, Regístrese, Diaricese y Déjese Copia.

Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, a los veintidós (22) días del mes de Enero de dos mil cuatro (2004). Años 193° de la Independencia y 144° de la Federación.

LA JUEZ SUPERIOR


BETTYS LUNA AGUILERA.


LA SECRETARIA

Abg. BENILDE AGUILLON RANGEL.



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En esta misma fecha 22 de Enero de 2004, siendo las 09:30 de la mañana se dictó la anterior decisión. CONSTE;

LA SECRETARIA.





Exp.N° 0026-04
BLA/bear