REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO
JUZGADO NOVENO DE CONTROL
191° Y 143°
Maracaibo, 16 de Diciembre del 2004


DECISION N° 1.701-04 CAUSA N° 9C5-176-04

Vista la solicitud de entrega material del vehículo interpuesta por el ciudadano JHON ROBERT BENCOMO PARRA, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.035.556, asistido por el Abogado ALBERTO CARDENAS VILLALOBOS, del vehículo Marca: FORD, Modelo: MAVERICK, Clase: AUTOMOVIL, Tipo: SEDAN, Color: GRIS, Placas: VAT-864, Serial de Carrocería: AJ92TJ25 153, Serial del Motor: S/N, Año: 1.977, Uso: PARTICULAR, y la remisión que la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Público de éste Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, hiciera de las actuaciones relativas al vehículo objeto de esta solicitud; éste Juzgado para decidir observa las siguientes consideraciones:

Este Tribunal de Control procede a resolver dicha solicitud previa las siguientes consideraciones:

Consta en actas, Acta de Inspección Técnica de Vehículo, suscrita por el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, donde dejan constancia que el vehículo relacionado con la presente investigación al ser inspeccionado en su parte externa se aprecia desprovisto de sus neumáticos y en su parte interna se aprecia parcialmente desvalijado. Corre inserta en el filio (10) Experticia de Reconocimiento y Avalúo Real, suscrita por expertos reconocedores adscritos al Cuerpo de Investigaciones, Penales, Científicas y Criminalisticas, donde dejan constancia que el vehículo Marca: FORD, Modelo: MAVERICK, Clase: AUTOMOVIL, Tipo: SEDAN, Color: GRIS, Placas: VAT-864, Serial de Carrocería: AJ92TJ25153, Serial del Motor: S/N, Año: 1.977, Uso: PARTICULAR. Presenta 1.- La chapa de carrocería en la puerta del conductor SUPLANTADA. 2.- Presenta la chapa de carrocería Body original, pero la pieza donde se encuentra adherida la referida chapa se encuentra SUPLANTADA 3.- Presenta el serial del compacto ORIGINAL, pero la pieza se encuentra incorporada, signo evidente de una Suplantación de seriales. 4.- Presenta la chapa de carrocería en el tablero FALSA. Presenta El motor de 6 cilindros. La unidad no se logró identificar. Corre inserta en el folio (11) Registro de Impronta correspondiente al vehículo objeto de la presente investigación. Documento de compra y venta por ante la Notaría Pública Novena, donde el ciudadano RAFAEL ANGEL RIVAS vende al ciudadano JHON ROBERT BENCOMO PARRA.

Este Tribunal de Control una vez analizadas y estudiadas las actas que integran la presente causa, ha determinado que si bien el vehículo en el mención en la experticia practicada por Cuerpo de Investigaciones Penales, Científicas y Criminalisticas, donde dejan constancia que el vehículo FORD, Modelo: MAVERICK, Clase: AUTOMOVIL, Tipo: SEDAN, color GRIS, Placas: VAT-864. Serial de Carrocería: AJ92TJ25153, Serial del Motor: S/N, Año: 1.977, Uso: PARTICULAR. Presenta 1.- La carrocería en la puerta del conductor SUPLANTADA. 2.- Presenta la cimpa de carrocería Body original, pero la pieza donde se encuentra adherida la referida chapa se encuentra SUPLANTADA 3 Presenta el serial del compacto ORIGINAL, pero la pieza se encuentra incorporada, signo evidente de una Suplantación de seriales. 4.- Presenta la chapa de carrocería en el tablero FALSA. Presenta El motor de 6 cilindros. La unidad no se logró identificar, no es menos cierto que lite adquirido de buena fe por el solicitante ciudadano JHON ROBERT BENCOMO PARRA, titular de la cedula de identidad Nro. V-lO.035.556, según se evidencia del documento Notariado por la Notaría Pública Novena, donde el ciudadano RAFAEL ANGEL RIVAS, vende al ciudadano JHON ROBERT BENCOMO PARRA, que lo acreditan como único dueño del vehículo: Marca: FORD, Modelo: MAVERICK, Clase: AUTOMOVIL, Tipo: SEDAN, Color: GRIS, Placas: VAT-864, Serial de Carrocería: AJ92TJ25153, Serial del Motor: S/N, Año: 1.977, Uso: PARTICULAR, por lo que considera procedente en derecho, entregar el identificado vehículo en calidad de depósito con la obligación de presentarlo ante este Tribunal de Control o la Autoridad que este señale cada vez que sea ordenado, al ciudadano JHON ROBERT BENCOMO PARRA, titular de la Cédula de Identidad N’ V-10.035.556, todo de conformidad con el Artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal.

Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Noveno de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA LA ENTREGA EN CALIDAD DEPOSITO del vehículo Marca: FORD, Modelo: MAVERICK, Clase: AUTOMOVIL, Tipo: SEDAN, Color: GRIS, Placas: VAT-864, Serial de Carrocería: AJ92TJ25153, Serial del Motor: S/N, Año: 1.977, Uso: PARTICULAR. al ciudadano JHON ROBERT BENCOMO PARRA, titular de la Cédula de Identidad N° V10.035.556, asistido por el Abogado ALBERTO CARDENAS VILLALOBOS, todo de conformidad con el Artículo 3 11 del Código Orgánico Procesal Penal, con la obligación de presentarlo ante este Tribunal de Control o la autoridad que este señale, cada vez que sea ordenado. En consecuencia, se acuerda oficiar al Estacionamiento Las Mercedes y librar constancia y Notificación de entrega del mencionado vehículo al ciudadano JHON ROBERT BENCOMO PARRA, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.035.556, y a la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Público.-
Publíquese, Regístrese, Notifíquese.
EL JUEZ NOVENO DE CONTROL


DR. HUMBERTO CUBILLAN VIVAS,


LA SECRETARIA,


Abog. PATRICIA ORDOÑEZ
En la misma fecha se registró la presente decisión en los libros llevados por este Juzgado en el presente año bajo el N° 1.701-04 y se ofició bajo el Nro. 3.094-04, al Estacionamiento Santa Guillermina. -
LA SECRETARIA,


Abog. PATRICIA ORDOÑEZ


HCV/sirel
Causa Nro. 9CS- 176-04