REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
La Asunción, 18 de Agosto de 2004
194° y 145°
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: OP02-L-2004-000036
PARTE ACTORA: Miguel Alfonzo, Evencio Blanco, Ismael Córdoba, Vicente González, José González, Elimenio Guerra, Juan José González, Antonio León, Eustacio León, Valentin López, Fidencio López, Elio Rafael Marcano, Roberto Martínez, Rafael Mata, Agustina Millán, Julio Rafael Obando, Juan Rodríguez, Dionisio Quijada, José Natividad Rodríguez y Miguel De Jesús Suárez.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: No Compareció
PARTE DEMANDADA: Municipalidad Autónoma Santiago Mariño
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Síndico Procurador Municipal Lieska Boadas de González.
MOTIVO:Cumplimiento de Contratación Colectiva
En el día hábil de hoy, 18 de Agosto de 2004, siendo las 09:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se anunció el acto a las puertas de este Tribunal y se constató la incomparecencia de la parte demandante, encontrándose presente la Síndico Procurador Municipal Lieska Boadas de González, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.399.031, en representación de la Municipalidad Autónoma Santiago Mariño, según se evidencia de Gaceta Municipal del Municipio Mariño, de fecha 11-12-00, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Publíquese y regístrese la presente decisión.
LA JUEZ,
Abg. ROMY MÉNDEZ RUIZ
LA SECRETARIA,
Abg. BENILDE ELENA AGUILLÓN
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