REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
En su nombre
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO, COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE
DE LACIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Santa Cruz de Zulia, 18 de Agosto 2004
194° y 145°


En fecha de hoy, dieciocho de agosto del año dos mil cuatro, siendo las nueve de la mañana, día y hora previamente fijado y acordado para llevar a efecto este acto, se trasladó y constituyó este Juzgado especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Jesús María Semprún, Catatumbo, Colón, Francisco Javier Pulgar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, al señalamiento del abogado en ejercicio ERNESTO JAVIER NUÑEZ PIRELA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 15.435.047, e inscrito en el INPREABOGADO bajo No. 99.838, domiciliado en jurisdicción del Municipio Colón del Estado Zulia, quien actúa con el carácter de apoderado judicial de la parte actora, en un inmueble constituido por una casa de habitación, signada con el No.9-11, ubicada en la calle 2 (antes San Francisco), a cien metros de las torres de CANTV, en Santa Bárbara de Zulia, en jurisdicción del Municipio Colón del Estado Zulia, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: con propiedad que es o fue de Ángela Bracho; SUR: con propiedad que es o fue de Mística Portillo; ESTE: propiedad de la sucesión Zambrano y OESTE: calle 2, a fin de practicar MEDIDA CAUTELAR IMNOMINADA DE PERMANENCIA a favor de la demandante ciudadana RAIZZA KAROLINA URDANETA CEDEÑO, venezolana, mayor edad, titular de la cédula de identidad No. 7.903.522, en el juicio que sigue contra el ciudadano ROGER RAFAEL GODOY VASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 9.179.031, según Decreto ordenado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para lo cual fue suficientemente Comisionado este Juzgado Especial Ejecutor de Medidas. Esta Jurisdicción procede a notificar de la presente Misión a la ciudadana RAIZZA KAROLINA URDANETA CEDEÑO, antes identificada, quien se encuentra presente para la práctica de la misma. Esta Jurisdicción administrando justicia EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY declara: se deja en PERMANENCIA a la ciudadana RAIZZA KAROLINA URDANETA CEDEÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.7.903.522, del inmueble ut supra identificado, así mismo se fija copia certificada del Decreto de las Medida Cautelar según lo ordenado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a la entrada de dicho inmueble, en la parte derecha. Enmendado: medidas. Valen. Terminó, se leyó y conformes firman.-
El Juez,
ABOG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ.-
La parte actora,
La notificada,
El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES.-



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
En su nombre
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO, COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE
DE LACIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Santa Cruz de Zulia, 18 de Agosto 2004
194° y 145°

Cumplida como ha sido la presente Comisión, se ordena devolver original con sus resultas al Juzgado Comitente, mediante oficio. Cúmplase.-
El Juez,
ABOG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ.-
El Secretario,
JOSDE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES.-

En la misma fecha conforme a lo ordenado se devuelve constante de seis (06) folios
Útiles, mediante oficio número 6150-130.-
El Secr4etario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES.-