En horas de Despacho de hoy VIERNES 20 DE AGOSTO DE 2004, siendo las ONCE DE LA MAÑANA (11:00 A.M.), fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para darle cumplimiento a la comisión N° 2290-04 conferida por el Tribunal de Municipio de la Cañada de Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, relacionada con el Juicio que por PENSION ALIMENTARIA , sigue MAIRA LISETH CARDOZO BRACHO contra LUIS ERNESTO VALBUENA, titular de la Cédula de Identidad Número V-7.936.858 y donde este Tribunal ha sido comisionado para practicar medida de EMBARGO decretado por el tribunal de la causa. Seguidamente y una vez presente el tribunal en LA CORPORACION E.S.P se procedió a notificar a VIVIAN GALLARDO Titular de la Cédula de Identidad Número 7.772.677, con el carácter de GERENTE DE REC. HUMANOS y quién una vez impuesto de la medida de embargo recaída en contra de LUIS ERNESTO VALBUENA, expuso:”Me doy por notificado pero con las reservas siguientes: PRIMERO: determinar si el Ciudadano LUIS ERNESTO VALBUENA, parte demandada es trabajador al servicio de LA CORPORACION E.S.P,.- SEGUNDO: Si existe otra medida practicada con relación a la presente.- TERCERO: determinar sobre alguna acreencia a favor de E.S.P.-CUARTO: Si le han sido adelantadas Prestaciones Sociales o emolumento alguno y QUINTO: cualquier otra circunstancia que derive en relación a lo antes expuesto. Seguidamente este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA MEDIDA DE EMBARGO SOBRE: A) EL TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) mensual del sueldo que devenga el demandado AL servicio de la corporación E.S.P.- B) EL TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) sobre las vacaciones y bono vacacional - C) TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) sobre utilidades o bonificaciones especiales que le correspondan al ciudadano LUIS ERNESTO VALBUENA.- D) EL CCINCUENTA POR CIENTO (50%) en caso de retiro voluntario, despido o jubilación; - E) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) sobre otro concepto que pudiera corresponderle al demandado de auto. Y ASI SE CONFIRMA. Este Tribunal deja constancia que las cantidades a retener en los conceptos establecidos en los literales “A”, “B”, y “C”, deberán ser entregados directamente a la reclamante de autos, Ciudadana MAIRA LISETH CARDOZO BRACHO, C.I. N° V-12.619.300 Y las referidas en los ordinales D) Y E) deberán ser retenidas y remitidas a este tribunal en cheque de Gerencia a nombre del JUZGADO DEL MUNICIPIO LA CAÑADA DE URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. EXP. N° 324-204. Terminó, se leyó y conformes firman.-

EL JUEZ:




ABOG. GUILLERMO INFANTE


EL NOTIFICADO



LA SECRETARIA