REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ
Horas de Despacho del día de hoy, cuatro de agosto de dos mil cuatro, siendo las once de la mañana, día y hora previamente fijada por este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a objeto de darle cumplimiento a la MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVA, decretada por el JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el juicio de EJECUCION DE HIPOTECA, seguido por BANESCO BANCO UNBIVERSAL C.A., sucesora por fusión del BANCO HIPOTECARIO UNIDO, S.A., contra el ciudadano: DELWIS ALBERTO CHIRINO OVIEDO, titular de la Cédula de Identidad No.V-11.862.060.- Seguidamente este Tribunal se trasladó por solicitud e indicación del Apoderado Judicial de la parte actora, Abogado en ejercicio OSCAR VELARDE RINCON, inscrito en el I.P.S.A., bajo el No.19.444, a la siguiente dirección. Urbanización El Caujaro, lote E, inmueble distinguido con el No.49G-3-62, situado en la calle 199-A, de la referida Urbanización, de la Parroquia Domitila Flores del Municipio San Francisco del Estado Zulia.- Una vez constituido este Tribunal en la dirección antes señalada, se procedió a notificar del traslado y constitución del mismo a la ciudadana: ELDA SALAS, quién es mayor de edad, venezolana, quién manifestó ser titular de la Cédula No.V-9.174.648, y de este domicilio, quien manifestó ser familia de la parte demandada.- DE inmediato este Tribunal procede a nombrar perito avaluador al ciudadano: IGOR DELGADO HUERTA, quién es mayor de edad, venezolano, casado, Licenciado en Administración, titular de la Cédula de Identidad No.V-5.170.472, y de este domicilio, quién estando presente aceptó el cargo y el Tribunal procede a juramentarlo de la manera siguiente: Jura usted, cumplir con todas y cada una de las obligaciones que le impone el cargo recaído en su persona? Contestó: Si lo Juro.- De igual forma este Tribunal procede a nombrar Depositaria Judicial a la sociedad mercantil Depositaria Judicial Sur del Lago C.A., representada en este acto por el ciudadano RAFAEL ANDRADE, quién es mayor de edad, venezolano, casado, Ingeniero Civil, titular de la Cédula de Identidad No.V-5.073.208, y de este domicilio, quién estando presente aceptó el cargo y el Tribunal procede a juramentarlo de la manera siguiente: Jura usted, cumplir con todas y cada una de las obligaciones que le impone el cargo r4ecaído en su persona? Contestó: Si lo juro.- De inmediato el ejecutante con asesoramiento del perito avaluador nombrado al efecto, procede a señalar para ser EMBARGADO EJECUTIVAMENTE, el inmueble alinderado de la manera siguiente: NOROESTE: vía pública, calle 119-A; SURESTE: con la parcela 49G-3-52, SUROESTE. Con la parcela 49G-3-63, Y NOROESTE. Con la parcela 49G-3-72.- Siendo avaluado por el perito nombrado al efecto, en la cantidad de QUINCE MILLONES DE BOLIVARES [15.000.000,oo].- El referido inmueble le pertenece a la parte demandada, según consta de documento protocolizado, por antes el Registro Subalterno del tercer circuito del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, de fecha 19 de noviembre de 1997, anotado bajo el No.49, protocolo I, tomo 17.- Acto seguido este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DCE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIUBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EMBARGADO EJECUTIVAMENTE, el bien inmueble antes descrito y así mismo se declara consumada la desposesión jurídica del ejecutado y hace entrega del mismo a la depositaria judicial prenombrada, quién estando presente su representante legal declara recibirlo conforme a derecho y a los efectos de Ley.- El Tribunal acuerda oficiar al Registro Subalterno respectivo, a objeto que estampe la correspondiente nota marginal a los efectos de Ley.- El Tribunal deja constancia que no ha recibido pago alguno en el cumplimiento de sus servicios, todo de conformidad con los artículos 254 y el único aparte del articulo 26 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, así lo hacen constar las partes, intervinientes y firmantes de la presente acta.- Concluyó el acto siendo las once y cuarenta y cinco minutos de la mañana.- Terminó se leyó y conforme firman.-
EL JUEZ
ABOG. DIXON ARTURO AVENDAÑO V.
LA NOTIFICADA,
EL EJECUTANTE,
EL REPRESENTANTE DE LA DEPOSITARIA
JUDICIAL,
LA SECRETARIA,
LUZ MARINA MONTIEL L.