REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 24 de Agosto de 2004.
193º y 145º
Visto el escrito de transacción presentado en fecha de 12-08-04 suscrito por las partes en la presente causa, mediante el cual requieren se proceda a la homologación de la misma, este tribunal para proveer observa:
-Que la parte demandada ciudadana THAYS ELIZABETH HERNANDEZ, abogada en ejercicio inscrita en el inpreabogado bajo el N° 51.049, actúa en su propio nombre y representación.
- Que el ciudadano GABRIELE CARANO, actúa en su propio nombre y debidamente asistido por el abogado JESUS GARCIA ESPINOZA.
Que en la materia tratada en el acuerdo no se encuentran involucrados el orden público ni le están prohibidas las transacciones.
En tal sentido, con base a lo anterior este Tribunal imparte su homologación a la transacción celebrada en fecha 12-08-04, en todas y cada una de sus partes y en consecuencia, téngase dicha homologación con autoridad de cosa juzgada y en su oportunidad archívese el expediente, quedando vigente tal y como fue solicitada por las partes la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada por este Tribunal en fecha 29-06-04 y participada al Registrador Subalterno del Municipio Díaz del Estado Nueva Esparta en esa misma fecha con oficio N° 12.149-04, hasta tanto se produzca la cancelación definitiva de la misma.-
LA JUEZ
Dra. JIAM SALMEN DE CONTRERAS.-
LA SECRETARIA
Abg. CECILIA FAGUNDEZ
JSDC/CF/pbb.-
EXP. N°. 8159-04