REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 10 de Agosto de 2004.
193º y 145º
Visto el escrito de transacción presentada en fecha de 03-08-04 suscrito por las partes en la presente causa, mediante la cual requieren se proceda a la homologación de la misma, este tribunal para proveer observa:
-Que la parte demandada ciudadano JOSE GREGORIO MANEIRO TORCATT, actúa en su propio nombre y debidamente asistida de abogado.
- Que el abogado MOISES ANDRADE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 33.860, está debidamente facultado para transigir en la presente causa, según consta del poder apud acta que cursa al folio 29 del presente expediente.
Que en la materia tratada en el acuerdo no se encuentran involucrados el orden público ni le están prohibidas las transacciones.
En tal sentido, con base a lo anterior este Tribunal imparte su homologación a la transacción celebrada en fecha 03-08-04, en todas y cada una de sus partes y en consecuencia, téngase dicha homologación con autoridad de cosa juzgada y en su oportunidad archívese el expediente, quedando vigente la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada por este Tribunal en fecha 10-09-03 y participada al Registrador Subalterno del Municipio Arismendi del Estado Nueva Esparta en esa misma fecha con oficio N° 10.935-03.
LA JUEZ

Dra. JIAM SALMEN DE CONTRERAS.-
LA SECRETARIA

Abg. CECILIA FAGUNDEZ
JSDC/CF/pbb.-
EXP. N°. 7436-03