ACTA


N° DE EXPEDIENTE:VP01-L-2004-000777
PARTE ACTORA: Luis Enrique Aparicio Castro, Rolado José Añez, Carlos Alexis González, Juan Alberto Monsalve Romero, Julio Rafael Ortega Castillo, Ender Ramón Parra Sayago y Carlos Javier Ortigoza Delgado
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: RICARDO ENRIQUE MORENO CHIRINOS.
PARTE DEMANDADA: Panamco de Venezuela, S.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: AILIE VILORIA y EUGENIA BRICEÑO D.
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy 24 de Agosto de 2004, siendo las 11:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, estando presentes las apoderadas judiciales de la demandada abogadas en ejercicio AILIE VILORIA y EUGENIA BRICEÑO D. inscritas en el inpreabogado bajo los números 46.635 y 98.618 respectivamente, se deja expresa constancia que las partes actoras no comparecieron a la realización de la Audiencia, ni por sí ni por representante judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 145 y 194. Se deja constancia que la parte demandada consignó en este acto Documento Poder constante de catorce (14) folios útiles, el cual se orgena agregar.



La Juez

La Secretaria

Abog. Judith del Carmen Castro





Los Presentes