ACTA


N° DE EXPEDIENTE:VP01-L-2004-000462
PARTE ACTORA: Hector Valbuena
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Juan Govea Guedez y Carlos Malave
PARTE DEMANDADA: Centro Electronico de Idiomas, S.R.L.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Alberto Bracho
MOTIVO: Prestaciones Sociales

En el día de hoy, 20 de agosto de 2004, siendo las dos de la tarde (2:00 pm), oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen los abogados Juan Govea Guedez y Carlos Malave apoderados judiciales del demandante ciudadano Hector Valbuena y el abogado en ejercicio Alberto Bracho apoderado judicial de la empresa demandada; quienes han llegado al presente acuerdo: La parte demandada ofrece cancelar por todos y cada uno de los conceptos reclamados en el Libelo de Demanda la cantidad de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 2.500.000,00) pagaderos mediante un único pago en fecha viernes veintisiete (27) de agosto de 2004, mediante cheque de gerencia girado a favor del ciudadano Hector Valbuena. En este estado los apoderados judiciales del demandante exponen: En nombre de nuestro representado estamos conformes con el ofrecimiento realizado por la empresa, lo aceptamos. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por por concluido el proceso y por cuanto no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL CELEBRADO POR LAS PARTES, dandole efectos de cosa juzgada, pero se abstiene de archivar el expediente hasta que conste en autos el cumplimiento de la transacción celebrada. Se deja constancia que se le devuelven en este mismo acto, el escrito de pruebas y los anexos consignados por las partes en el inicio de la Audiencia Preliminar.

La Juez



Dra. Judith del Carmen Castro

La Secretaria


Abog. Yocelyn Boscán Luzardo
Los Presentes.






JC/jc