REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL


TRIBUNAL SEPTIMO DE EJECUCION
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 01 de Abril de 2004
192º y 144º


RESOLUCIÓN Nº 119-04 CAUSA Nº 7E-177-02

Vista la Solicitud realizada por la ciudadana LIGIA JOSEFINA MENDEZ FERNANDEZ, progenitora del penado MELVIN JESUS MENDEZ FERNANDEZ, actualmente recluido en el Internado Judicial de Tocoron, Estado Aragua, en la cual solicita al Tribunal ordene el traslado de su hijo a la Cárcel Nacional de Maracaibo, argumentando que su apoyo familiar se encuentra en esta ciudad, este Tribunal para resolver lo hace de la siguiente manera:

Los Juzgados de Ejecución son juzgados que le corresponde la ejecución de las penas y medidas de seguridad impuestas mediante sentencias firmes, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en el presente caso es la progenitora del penado quien solicito al Tribunal ordene el traslado de su hijo a la Cárcel Nacional de Maracaibo, argumentando que su apoyo familiar se encuentra en esta ciudad. Es por lo que este Juzgado, ordena el traslado del penado: MELVIN JESUS MENDEZ FERNANDEZ, desde el Internado Judicial de Tocoron, Estado Aragua, hasta la Cárcel Nacional de Maracaibo. Y ASI SE DECIDE.-

Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, AUTORIZA EL TRASLADO DEL PENADO: MELVIN JESUS MENDEZ FERNANDEZ, desde el Internado Judicial de Tocoron, Estado Aragua hasta la Cárcel Nacional de Maracaibo, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese y ofíciese.

LA JUEZ SÉPTIMO DE EJECUCIÓN,


DRA. MYRIAM MESTRE ANDRADE.

LA SECRETARIA,

ABOG. MARÍA GONZÁLEZ


En la misma fecha se registró la presente Resolución bajo el Nº 119-04, se oficio bajo el Nº 1187-04.
LA SECRETARIA,