En horas de despacho del día de hoy, dieciséis (16) de Abril del año dos mil cuatro, siendo las 11Am día y hora previamente fijada por este Tribunal PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a objeto de practicar medida de Amparo a la Posesión, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el juicio de QUERELLA INTERDICTAL DE AMPARO, seguida por los ciudadanos HIRIBERTO ANTONIO PEROZO SANCHEZ, portador de la Cédula de Identidad No 5.800.292 contra el ciudadano ALVARO RAMIREZ, en su carácter de Presidente de la SOCIEDAD MERCANTIL INVREMI C.A (INVRAMICA) se trasladó este Tribunal por solicitud e indicación del Apoderado Judicial de la parte actora Abogado RAMON ORTIGOZA ANDRADE Y ROQUE ARISPE GIMENEZ, inscrito en el I:P:S:A. bajo el Nro 37.886 y 98.652, respectivamente a la siguiente dirección: Calle 96 Paseo Ciencias entre las calles 10 y 11 signado con el No 10-03 e identificado Catastralmente bajo el No. 10-23, frente al Monumento a la Virgen Rosario de Chiquinquirá, exactamente entre Foto Estudio la Basílica y el Tacón, Parroquia Bolívar Municipio Maracaibo del Estado Zulia.- Una vez constituido este Tribunal en la dirección antes indicada, se procedió a notificar del objeto del traslado y constitución del mismo al ciudadano: HERIBERTO ANTONIO PEROZO SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No. 5.800.292 y de este domicilio con el carácter de Querellante en la presente medida. De inmediato este TRIBUNAL PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dándole cumplimiento a lo decretado por el Tribunal comitente Declara ejecutado el Decreto de AMPARO A LA POSESION, y en consecuencia Declara Amparado en la POSESION al Querellante ciudadano HERIBERTO ANTONIO PEROZO SANCHEZ, antes identificado sobre el inmueble ya descrito.- El Tribunal deja constancia de que no ha recibido pago en el cumplimiento de su servicio, todo de conformidad con los Artículos 254 y Primera parte del Artículo 26 de la
LA JUEZ,


EL NOTIFICADO

LOS APODERADOS ACTORES


LA SECRETARIA TEMPORAL