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***** COMISION MERCANTIL  N° 591
 JUZGADO COMITENTE: Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Con Oficio N° 5852-04 de fecha 9/3/2004. Recibido el día 13/4/2004.
 PARTE ACTORA: Gene R. Belgrave
 PARTE DEMANDADA: Firma Inversora Camelamar, C.A,
 MOTIVO: Cobro de Bolívares – Embargo Ejecutivo
 ESTADO ACTUAL: Devuelta Cumplida al Juzgado de la Causa, mediante Oficio N° 112 de fecha 21/4/2004, constante de diecisiete (17) folios útiles.
 
 AUTO DE DEVOLUCIÓN
 
 JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ARISMENDI, ANTOLIN DEL CAMPO, GOMEZ, MARCANO Y DIAZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA. LA ASUNCION,  veintiuno (21) de Abril de 2004.-
 
 194° y 145°
 
 Cumplida como ha sido la presente comisión, el Tribunal acuerda de conformidad, En Consecuencia remítase la presente comisión en originales y con sus resultas al Juzgado de la Causa y déjese copia certificada de la misma. Líbrese Oficio.-
 EL  JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
 
 Dr. GASPAR A. DUBOIS ARISMENDI.
 LA SECRETARIA,
 
 Abg. CARMEN  MILANO VÁSQUEZ.
 En la misma fecha se remite la presente comisión en originales y con sus resultas, al Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, constante de (      ) folios útiles, anexo a oficio N°:_______, y se dejó copia certificada de la misma, conforme está ordenado en el auto anterior. Conste.
 LA SECRETARIA,
 Abg.  CARMEN  MILANO VÁSQUEZ.
 
 
 
 Com. N°: 591.
 
 
 
 República Bolivariana de Venezuela.
 
 
 
 
 
 
 Juzgado Ejecutor de Medidas de los
 Municipios Arismendi, Antolin del Campo, Gómez, Marcano y Díaz de la
 Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
 La Asunción, veintiuno (21) de Abril de 2004.-
 194° y 145°.
 
 N°__________
 
 CIUDADANO:
 Juzgado undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del
 Tránsito  de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
 SU DESPACHO.-
 
 Adjunto al presente oficio remito a usted, Comisión enviada a este Despacho con Oficio N° 5852-04 de fecha 09/3/2004, que fuera librada en el juicio seguido por GENE R. BELGRAVE contra la Firma IRVERSORA CAMELAMAR C.A. por COBRO DE BOLÍVARES, en originales y con sus resultas, constante de (       ) folios útiles.-
 
 Remisión efectuada para su debido conocimiento y demás fines legales consiguientes.-
 
 DIOS  Y  FEDERACION,
 
 Dr. GASPAR A. DUBOIS ARISMENDI
 JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
 
 
 
 GADA/cmv*.-
 Anexo: lo indicado.
 Com. N°: 591
 
 
 
 
 
 
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