REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE EJECUCIÓN
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO CUARTO DE EJECUCION
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo 05 de Septiembre do 2003
193" y 144"
Decision N° 328-03
Firme como ha quedado el fallo dictado por el extinto Juzgado Superior Octavo en lo Penal de esta Circunscripcion Judicial, de fecha 11 de Marzo de 1996, mediante el cual condena al penado JOSE DEL CARMEN GAMEZ MENDEZ. a cumplir la pena de SIETE (7) AÑOS DE PRESIDIO por la comisi6n del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL. provisto y sancionado en el artIculo 407 del C6digo Penal. en concordancia con el articulo 67 Ejusdem; en consecuencia, tenemos que:
El penado JOSE DEL CARMEN GAMEZ MENDEZ. fue detenido en fecha 05-01-93- y como se evidencia en la Decision fecha 11-03-1996, el referido ciudadano quien se encuentra disfrutando del Beneficio de SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, complio la Pena Principal el dia 16 de Julio de 2.000, asi mismo cumplio la Sujecion a la Vigilancia de la Autoridad. Por lo que Corresponde en el presente caso otorgarle Libertad Plena por pena
cumplida y ordenar su remision al Archivo Judicial ensu debida oportunidad.
Por los fundamentos expuestos este Juzgado Cuarto de Ejecucion del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA la EXTINCION DE LA ACCION PENAL, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 195 del Codigo Penal vigente y en consecuencia el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo previsto en el ordinal 3 del articuto 318 del Codigo Organico Procesal Penal, al penado JOSE DEL CARMEN GAMEZ MENDEZ titular de la cedula de identidad Nro.4.145.736. Registrese la presente decision en el libro de Resoluciones, Notifiquese a la Fiscal 27 del Ministerio Publico, asimismo remitase Copia Certificada junto con Oficio al Director de Prisiones del Ministerio de Justicia Division de Antecedentes Penales y al Presidente del Consejo Nacional Electoral, Librese Boleta de Notificacion al penado y notifiquese a su Defense.-
JUEZ CUARTO DE EJECUCION
SILVIA CARROZ DE PULGAR
EL SECRETARIO,
ABOG. RUBEN MARQUEZ