REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO CUARTO DE EJECUCION
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo 23 de Septiembre de 2003
193o Y 144o
Decisión No 331-03
Causa No 4E-883-99

Firme como ha quedado el fallo dictado por el extinto Juzgado Segundo de Primera Instancia para el Régimen Procesal Transitorio de esta Circunscripción Judicial, de fecha 04 de octubre de 1999, mediante la cual se condena al penado HUGO DE JESUS ALBARRAN ROMERO, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO previsto y sancionado en el articulo 411o del Código Penal. mas las accesorias de ley: en consecuencia tenemos que:
El ciudadano HUGO DE JESUS ALBARRAN ROMERO, fue detenido en fecha 31-10-98 y como so evidencia en la Decisión Nro.473-02 de fecha 10-12-2002, el referido ciudadano quien se encuentra disfrutando del Beneficio del Libertad Bajo Fianza, cumplió la Pena Principal el dia 13 do Enero de 2003, quedando sujeto a la Sujecion a la Vigilancia de la Autoridad por una Quinta parte (1/5) de la Pena irnpuesta hasta el dia 13 de Enero de 2004, fecha en que culmina la Sujeción. Por lo cual corresponde en el caso Sub-indice es otorgarle Pena cumplida. ASI SE DECIDE
Por los fundamentos expuestos, este juzgado Cuarto de Ejecucion del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta PENA CUMPLIDA a favor del ciudadano HUGO DE JESUS ALBARRAN ROMERO titular de la cedula de identidad Nro.-5.049.645 Registrese la presente decision en el libro de Resoluciones, Notifiquese a la Fiscal 27 del Ministerio Publico, asimismo remitase Copia Certificada junto con Oficio al Director de Prisiones del Ministerio de justicia Divisiom de Antecedentes Penales y al Presidente del Consejo Nacional Electoral. Librese Boleta de Citacion al penado.

JUEZ CUARTO DE EJECUCION.

SILVIA CARROZ DE PIULGAR

EL SECRETARIO.
ABOG_ RUBEN MARQUEZ SILVA.
En la misma fecha se registro la anterior decision quedando anotada bajo el No 381-03 en eI Libro respectivo, se libraron Oficios bajo el Nro.¬-2984-03, 2985-03 y 2986-03.-