REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO CUARTO DE EJECUCION

Maracaibo, 18 de septiembre de 2003

193° y 144°

DECISION Nro. 366-03
CAUSA N° 4E-284-99
Firme como ha quedado el fallo dictado por el suprimido Juzgado Accidental Segundo del Juzgado Undecimo de Primera Instancia en to Penal de la Circunscripcion Judicial del Estado Zulia, en fecha 30/04/99, en contra del penado DENNY VARGAS GARCIA, indocuunentado, este Tribunal de Ejecucion, de conformidad con to establecido en el Articulo 482 del Codigo Organico Procesal Penal, pasa a ejecutar dicha sentencia y en consecuencia a realizar el siguiente computo Legal de Pena, asi tenemos que:
El penado DENNY VARGAS GARCIA, quien actualmente se encuentra disfrutando del Beneficio de Libertad Provisional bajo Caucion Juratoria, fue condenado a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS, DOS (02) MESES, SIETE (07) DIAS y DOCE (12) HORAS DE PRISION, mas las accesorias de ley, por la comision del delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el articulo 455, ordinal 4° del Codigo Penal vigente, en concordancia con el articulo 80, Ens. Segundo aparte, Ejusdem y 418, ibidem en perjuicio de Mario Biscaro y Centro Musical Claviar.- Consta en actas que el citado penado fue detenido en fecha 13-12-97, por to que hasta el dia 30-04-99, fecha en que le fue dictada la sentencia condenatoria, lleva cumplidos: UN (01) AÑO, CUATRO (04) MESES y DIECISIETE (17) DIAS.- Faltandole por cumplir: DOS (02) AÑOS, NUEVE (09) MES y VEINTE (20) DIAS, asi mismo podra solicitar la Suspension Condicional de la Ejecucion de la Pena a partir de la presente fecha y asi se declara.

Registrese la presente Decision en. el Libro respectivo y remitase Copia Certificada a la ciudadana Fiscalia 27° del Ministerio Publico, al Director de Prisiones Ministerio de Justicia y al Presidente del Consejo Nacional Electoral, asi mismo se libro oficio a la Unidad Tecnica de Apoyo at Sistema Penitenciario, a los fines de que le designen un Delegado de Prueba. Se ordeno citar at penado para el dia jueves 25-09-03 a las 10:00 de la manana, conjuntamente con su abogado defensor, a los fines de que se de por notificado de la presente decision.
LA JUEZ,

SILVIA CARROZ DE PULGAR

EL SECRETARIO,

ABOG. RUBEN MARQUEZ