REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE EJECUCIÓN
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO CUARTO DE EJECUCION
CiRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo 17 de, Septiembre de 2003
193" y 144"
Decision N° 361-03
Firme como ha quedado el fallo dictado por el extinto Juzgado Superior Segundo en lo Penal de esta Circunscripcion Judicial. de fecha 08 de Octubre de 1993. este Juzgado pasa a poner en estado de ejecucion la presente causa mediante la cual se condena a la penada ELENA GONZALEZ. a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION por la comision del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto v sancionado en el articulo 31 de la Ley Orginica sabre Sustancias Estupefacientes y Psicotropicas: en consecuencia tenemos que:
La ciudadania ELENA CIONZALEZ, fue detenida en fecha 06-09-12, y de conformidad con lo establecido en articulo 477 del Codigo Organico Procesal Penal, el cual establece que como regla que se descontaran de la pena a ejecutar ol tiempo de detencion que cumplio la penada durante, el proceso asi tenemos que la ciudadma ELENA OONZALEZ desde el dia en que le fue practicada la dotencion preventiva hasta el dia de hay 17-09-03, fecha en que se elabora el presente computo, llava cumplido ONCE (11) AÑOS, ONCE (11) DIAS, cumplio la Pena Principal ol dia 06 de Septiembre de 2002, quedando sujeta a la Sujecion de. Vigilancia de la Autoridad por una Quinta parte (1/5) de la Pena impuesta haste el dia 16 de Srptiembre de 2004, fecha en que culmina la Sujovi6n, Por lo que corresponde en el caso Sub-indice es otorgarle Pena Cumplida, ASi SE DECIDE,
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Cuarno de Ejecucion del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana do Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta PENA CUMPLIDA R favor de la ciudadana ELENA GONZAI.EZ titular de la cedula de identidad Nro.-5.057,884. Registrese la presente decision en el libro de Resoluciones, Notifiquese a la Fiscal 27 del Ministerio Publico, asimismo remitase Copia Certificada junto con Oficio al Director de Prisiones del Ministerio del Interior y Justicia Division do Antecedentes Penales y al Prosidente del Consejo Nacional Electoral, Libreso Boleta de Notificacion al penado y notifiquese a su Defensa. -
JUEZ CUARTO DE EJECUCION.
SILVIA CARROZ DE PULGAR
EL SECRETARIO,
ABOG. RUBEN MARQUEZ