REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE EJECUCIÓN
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Zulia
Juzgado Cuarto De Ejecucion
Maracaibo, 15 de Septiembre de 2003
193 y 144
Firme como ha quedado el fallo dictado por el Extinto Juzgado SyperiorTercero en to Penal de la Circunscripcion Judicial del Estado Zulia de fecha 14-06-99, este Tribunal de Ejecucion de conformidad con lo establecido en el articulo 479 del Codigo Organico Procesal Penal, pasa a ejecutar dicha sentencia y en consecuencra a elaborar Computo de Pena.
La penada MAGALY CRISTINA ESTRADA GONZALEZ, de 23 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 15.009.568, soltera, de profesion u oficio del hogar, hija de Moises Estrada y Segovia Gonzalez, residenciada en el Barrio Palo Negro, calle y casa S/N , cerca de la Farmacia Genesis del Estado Zulia, quien fue condenada a CINCO (05) AÑOS DE PRISION, por el delito de POSESION ILICITA DE ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el articulo 36 de la Ley Organica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotropicos, mas las accesorias de la ley. Ahora bien consta en actas que la referida penada fue detenida en fecha 18-04-98, y le fue concedido el Beneficio de SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, otorgado por este Tribunal en fecha 13-11-1999, fijandose como plazo de la suspension Dos (02) anos, cumpliendo dicho plazo el dia 18-04-2003 a las 5:00 horas de la tarde, por lo que la referida penada cumplio la totalidad de su pena, quedando sometida a la Sujecion a la Vigilancia por parte de la Autoridad por una Quinta 1/5 parte de la pena impuesta hasta el dia 18-04-04.
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Ejecucion, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta PENA CUMPLIDA a favor de la penada MAGALY CRISTINA ESTRADA GONZALEZ, plenamente identificado en actas.
Registrese la presente Resolucion en el Libro de resoluciones, librense Boletas de Citacion a la referida penada, y de Notificacion a la Fiscal 27 del Ministerio Publico, al Departamento de Aiguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, asi mismo remitase Copia Certificada junto con oficio al ciudadano Director de la Division de Prisiones del Ministerio del Interior y Justicia y al presidente del Consejo nacional Electoral, y a la fiscal 27 del Ministerio publico.- CUMPLASE.-
LA JUEZ,
SILVIA CARROZ DE PULGAR
EL SECRETARIO,
ABOG. RUBEN MARQUEZ