REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL. EXTENSIÓN CABIMAS



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de Cabimas
Ponente Nº1
Cabimas, 30 de septiembre de 2003
193º y 144º
ASUNTO PRINCIPAL : VJ11-S-2001-000053
ASUNTO : VJ11-S-2001-000053

RESOLUCIÓN ACORDANDO EXTENDER EL LAPSO DE PRESENTACIÓN DE VEHÍCULO
Resolución N° 1C-1025-03

Visto el escrito presentado en fecha 7 de marzo de 2003, por el ciudadano MANUEL HEBERTO QUERO H., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 3.739.711, asistido por el Abogado en ejercicio ANTONIO GUTIERREZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.948.209, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nº 67.674, mediante el cual expone entre otras circunstancias que cursa ante este Despacho expediente signado bajo el número 1C-546-02 (número de asunto antiguo) instruido por la comisión del delito de Adulteración de Seriales, y el cuál le fue entregado en calidad de Depósito el vehículo MODELO: VW5 Grand Cherokee, MARCA: Jeep, Laredo 4x2, CLASE: Camioneta, TIPO: sport-Wagon, USO: particular, sin placas, SERIAL DE CARROCERIA:8Y4G248S5Y1207171, SERIAL MOTOR: 6 cilindros, COLOR: verde helecho, AÑO: 2000, objeto de este proceso, manifestando que tiene la obligación de presentar el vehículo antes mencionado cada treinta (30) días, por ante este Despacho, y actualmente le es muy difícil solicitar permisos muy frecuentes en la empresa Petróleos de Venezuela en la cuál trabaja, dada la situación actual de la Industria Petrolera Nacional; por lo que solicita al Tribunal se le extienda el lapso de Presentación del vehículo de Treinta (30) días a Sesenta (60) o Noventa (90) días, para seguir cumpliendo a cabalidad con tales presentaciones; y el escrito presentado por el mismo ciudadano el día 30 de abril del 2003, mediante el cual expone que el vehículo objeto de la presente investigación le fue entregado en calidad de depósito por un lapso de seis (6) meses por lo que solicita se le prorrogue el lapso de la medida de Depósito en que le fue otorgado dicho vehículo por un tiempo igual o mayor al de los seis (6) meses del período anterior, este Juzgado Primero de Control para decidir observa:

Que el día 29 de agosto de 2002 este Juzgado Primero de Control, mediante Resolución Nº 1C-379-02, acordó instar a la ciudadana Fiscal del Ministerio Público, a fin de que ordenara las diligencias necesarias para que el vehículo, Marca Chevrolet, Modelo: Blazer 4x2, tipo: Sport Wagon, Año: 1995, Color: Gris, Clase: Camioneta, Serial motor: WSV300809, Serial Carrocería: C1S6WSV300809, placas número VAB70N, que el ciudadano MANUEL HEBERTO QUERO HERNANDEZ, entregó como parte de pago al ciudadano HECTOR JOEL OLIVEROS, sea registrada como SOLICITADA, ante todos los Organismos de Seguridad del Estado; y la entrega en calidad de Depósito del vehículo MODELO: VW5 Grand Cherokee, MARCA: Jeep, Laredo 4x2, CLASE: Camioneta, TIPO: Sport-Wagon, USO: Particular, sin placas, SERIAL DE CARROCERIA: 8Y4G248S5Y1207171, SERIAL MOTOR: 6 cilindros, COLOR: Verde helecho, AÑO: 2000 al ciudadano MANUEL HEBERTO QUERO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 3.739.711, domiciliado en la Urbanización Campo Alegría, calle Falcón casa número 2010-B Lagunillas Estado Zulia, con la obligación de presentarlo ante este Juzgado Primero de Control una (1) vez cada treinta (30) días y ante la Fiscalia Décima Quinta del Ministerio Público cada vez que le sea requerido, y la expresa prohibición de venderlo, grabarlo o traspasarlo por algún título o bien, todo de conformidad con el Artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal.

Con respecto al escrito de fecha 30 de abril del año 2003 presentado por el ciudadano MANUEL HEBERTO QUERO HERNANDEZ, ante este Juzgado Primero de Control, considera inoficioso emitir pronunciamiento alguno, en vista de que en la ya citada Resolución de fecha 29 de agosto de 2002, no se estableció lapso de entrega.

Ahora bien, de una revisión hecha, tanto a las Actas que conforman el físico del presente Asunto, como a las actuaciones registradas en el sistema Juris 2000, este Juzgado Primero de Control ha podido verificar que el MANUEL HEBERTO QUERO HERNANDEZ ha cumplido cabalmente con las presentaciones periódicas del vehículo objeto de la presente investigación que le fueron impuesta por este Tribunal en la Resolución citada up supra, y teniendo en consideración lo expuesto por el solicitante en cuanto a lo conflictivo que le resulta solicitar permiso en forma reiterada en la empresa donde presta sus servicios, este Juzgado Primero de Control considera procedente extender el lapso de presentación del vehículo MODELO: VW5 Grand Cherokee, MARCA: Jeep, Laredo 4x2, CLASE: Camioneta, TIPO: sport-Wagon, USO: particular, sin placas, SERIAL DE CARROCERIA:8Y4G248S5Y1207171, SERIAL MOTOR: 6 cilindros, COLOR: verde helecho, AÑO: 2000, al ciudadano el ciudadano MANUEL HEBERTO QUERO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V- 3.739.711, de cada treinta (30) días a cada noventa (90) días. Así se decide.

Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, extensión Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley acuerda: PRIMERO: Extender el lapso de presentación del vehículo MODELO: VW5 Grand Cherokee, MARCA: Jeep, Laredo 4x2, CLASE: Camioneta, TIPO: sport-Wagon, USO: particular, sin placas, SERIAL de CARROCERIA:8Y4G248S5Y1207171, SERIAL MOTOR: 6 cilindros, COLOR: Verde helecho, AÑO: 2000, al ciudadano el ciudadano MANUEL HEBERTO QUERO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V- 3.739.711, de cada treinta (30) días a cada noventa (90) días, y SEGUNDO: Oficiar a la ciudadana Fiscal Décima Quinta del Ministerio Público, a fin de que se practiquen las diligencias necesarias para que el vehículo , Marca Chevrolet, Modelo: Blazer 4x2, tipo: Sport Wagon, Año: 1995, Color: Gris, Clase: Camioneta, Serial motor: WSV300809, Serial Carrocería: C1S6WSV300809, placas número VAB70N, que el ciudadano MANUEL HEBERTO QUERO HERNANDEZ, entregó como parte de pago al ciudadano HECTOR JOEL OLIVEROS, sea registrada como SOLICITADA, ante todos los Organismos de Seguridad del Estado. Regístrese y notifíquese.
LA JUEZ PRIMERA DE CONTROL,



ABOG. MARÍA EUGENIA PEÑALOZA SANGRONIS
LA SECRETARIA



ABOG. NANCY JUDITH LOPEZ SUAREZ
En la misma fecha se da cumplimiento a lo ordenado se Registró la presente decisión bajo el número 1C-1025-03.
LA SECRETARIA


ABOG. NANCY JUDITH LOPEZ SUAREZ