REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

En despacho de medida N° 2953. En el día de hoy veintiséis (26) de Septiembre de 2.003, siendo las diez y treinta de la mañana, se traslado y constituyó el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODIRGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA , en la sede de la Empresa ALLOYS, ubicada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, a objeto de ejecutar Medida Preventiva de Embargo, decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, JUEZ UNIPERSONAL N° 01, con sede en Cabimas, en el Juicio de OBLIGACION ALIMENTARIA, seguido por la ciudadana ERELYS BEATRIZ LEAL, titular de la cédula de identidad N° V-12.713.996, en contra del ciudadano NELSON CALLES, titular de la cédula de identidad N° V-7.837.761. Seguidamente el tribunal una vez constituido en la sede de la Empresa ALLOYS, procede a notificar del objeto de su traslado y constitución en el lugar al ciudadano JUAN SALAS titular de la cédula de identidad N°14.234.170, en su condición de Gerente de Operaciones. En este estado el Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara legalmente embargado preventivamente los siguientes conceptos PRIMERO : UN CIEN POR CIENTO (100%), de las cantidades de dinero por concepto de PRESTACIONES SOCIALES, que le pueda corresponder al demandado, para el momento de retiro de su lugar de trabajo por la causa que fuere. Se le informa al notificado que una vez se haga efectiva la presente medida, las cantidades de dinero correspondiente deberá ser remitida en cheque de gerencia, a la orden del TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, JUEZ UNIPERSONAL 01, CON SEDE EN LA CIUDAD DE CABIMAS, al expediente N° 1U-3475-03,. SE LE PARTICIPA AL NOTIFICADO QUE LA MEDIDA DECRETADA Y EJECUTADA SOBRE LAS PRESTACIONES SOCIALES, CAJA DE AHORROS, FIDEICOMISO E INTERESES. SE REMITIRAN AL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EN TODO CSAO DE ADELANTO O ENTREGA QUE SE LE HICIERA AL TRABAJADOR. Siendo las once de la mañana , se dio por terminado el presente acto. Terminó se leyó y conformes firman.




Dr. JAVIER A. GOMEZ BERMUDEZ
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL






EL NOTIFICADO

ABOG. LILIANA DUQUE REYES
SECRETARIA