REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE


La Asunción, 01 de Septiembre de 2.003
193° y 144°



Firme como ha quedado la Sentencia dictada por el Tribunal en Funciones de Juicio de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, de fecha 04/08/2003. En consecuencia este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE ME CONFIERE LA LEY, procede a ejecutar la mencionada Sentencia de conformidad con lo establecido en los artículos 646 y 647 literal “a” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en los siguientes Términos: PRIMERO: Se Impone a la adolescente, (SE OMITE IDENTIFICACION) Porlamar. Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta., de la siguiente medida: SERVICIO A LA COMUNIDAD, prevista en el artículo 625 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por el lapso de Cuatro (04) Meses Consistente en: comparecer ante la Dirección del Cuerpo de Bomberos, ubicada en la Ciudad de Porlamar. Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta. Expídase por Secretaría copia simple del presente auto y junto con boletas de notificación remítase a las partes. Cítese a la adolescente (SE OMITE IDENTIFICACION), ampliamente identificada en autos, así como a sus representantes legales, a los fines de imponerlos del presente auto. Ofíciese. Notifíquese. Regístrese. Diaricese y déjese copia del auto. Cúmplase coordenado.
LA JUEZ DE EJECUCION,

Dra. Isabel Asunta Pannaci

LA SECRETARIA,

Dra. Zaida Montilva

En esta misma fecha se dio cumplimiento a coordenado en el auto que antecede.

LA SECRETARIA,

Dra. Zaida Montilva






Exp. N° E- 425/03
IAP/ Beatriz Peñaranda (Asistente)