REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, catorce de octubre de dos mil tres
193º y 144º
ASUNTO: KP02-S-2003-007254

El ciudadano OSCAR ANTONIO BRAVO BRICEÑO, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° 3.536.263 y de este domicilio, presentó escrito donde solicita RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, ya que por error aparece la fecha de nacimiento del solicitante como "31 de JUNIO de 1.947" siendo la fecha correcta "31 de JULIO de 1947". La solicitud se admitió a sustanciación, y se acordó notificar a la Fiscal del Ministerio Público.-
Este Tribunal para decidir observa:
ÚNICO: Con los recaudos acompañados y la notificación de la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar dicha PARTIDA DE NACIMIENTO en el sentido de que se corrija la fecha de nacimiento del solicitante como "31 de JULIO DE 1.947".- En consecuencia, se ordena al JEFE CIVIL DE LA PARROQUIA CONCEPCIÓN, MUNICIPIO AUTÓNOMO IRIBARREN DEL ESTADO LARA Y AL REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO LARA, inserten la nota marginal correspondiente en la PARTIDA DE NACIMIENTO N° 2339. Folio N° 132, del año 1.947. Queda firme en esta misma fecha.-
Publíquese y regístrese.- Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los catorce días del mes de Octubre de dos mil Tres.- Años: 192º y 144º.-
LA JUEZ, EL SECRETARIO,


ABG. PATRICIA CABRERA MANFREDI ABG. JOSÉ ALFONSO OCHOA

Publicada en su fecha a la 2:30 p.m.
Seguidamente se oficio bajo los Nos. 0900-2795 Y 0900-2796.

PCM/JAO/jysp.