REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES SALA 1

Causa N° 1Aa. 1793-03


CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
CORTE DE APELACIONES
SALA PRIMERA


PONENCIA DEL JUEZ DE APELACIONES: DICK COLINA LUZARDO.

Se encuentran las presentes actuaciones en esta Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en virtud de la apelación interpuesta por la abogado ELEONOR HERNANDEZ G. DE PERNALETE, en su carácter de Fiscal Vigésimo Séptimo del Ministerio Público del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, contra el auto de fecha 04 de Septiembre de 2003, dictado por el Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual acuerda concederle el Beneficio de Libertad Condicional al penado FRANCIS RENAUT.

En fecha16 de Septiembre de 2003, el Órgano Subjetivo del Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, a fin de dar cumplimiento al artículo 449 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda emplazar a la Abogada MARISELA CAMPOS DE PEDREAÑEZ

En fecha 25 de Septiembre de 2003, el Tribunal A Quo, acuerda remitir las actuaciones a la Corte de Apelaciones, una vez recibida la contestación al recurso interpuesto, por parte de la Abogada MARISELA CAMPOS DE PEDREAÑEZ con el carácter de defensora del penado FRANCIS RENAUT, como consta a los folios 465 al 468.

En fecha 08 de Octubre de 2003, se recibió la causa y se dio cuenta a la presidenta de la Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones, designándose ponente al Juez DICK COLINA LUZARDO, quien con tal carácter suscribe la presente decisión.

La Juez profesional previamente designada, procede a revisar el cumplimiento de las formalidades y presupuestos necesarios, así como los lapsos y trámites procesales relacionados con la Apelación, a los fines de decidir sobre la admisibilidad o no del Recurso de Apelación interpuesto y cumplido como se encuentran los términos procedimentales del caso, esta Sala 1° de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, observa que se han cumplido los presupuestos establecidos en los artículos 432( Impugnabilidad Objetiva), 433 (Impugnabilidad Subjetiva), 436 (Agravio), 447 (Decisiones Recurribles 6° y 7°), 448 (Interposición) y 449 (Emplazamiento), todo del Código Orgánico Procesal Penal , sin que exista ninguna causal de inadmisibilidad, de las establecidas en el artículo 437 Ejusdem, por lo que esta Sala considera Admisible el recurso de apelación de autos interpuesto, a tenor de lo establecido en el artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.

DECISION

Por los fundamentos expuestos esta Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: ADMISIBLE el recurso de apelación Interpuesto la abogado ELEONOR HERNANDEZ G. DE PERNALETE, en su carácter de Fiscal Vigésimo Séptimo del Ministerio Público del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, contra el auto de fecha 04 de Septiembre de 2003, dictado por el Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual acuerda concederle el Beneficio de Libertad Condicional al penado FRANCIS RENAUT.

Regístrese, Publíquese.

Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Audiencias N° 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en Maracaibo a los diez (10) días del mes de Octubre de 2003. AÑOS: 192° de la Independencia y 143° de la Federación.
LOS JUECES PROFESIONALES


CELINA PADRON ACOSTA
PRESIDENTA




TANIA MENDEZ DE ALEMAN DICK W. COLINA LUZARDO
Ponente

LA SECRETARIA


ZULMA GARCIA DE STRAUSS

La anterior decisión quedó registrada bajo el N° 508-03, en el Libro de Registro de decisiones llevado por esta sala N° 1, en el presente año.-






LA SECRETARIA


ZULMA GARCIA DE STRAUSS