REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO CUARTO DE EJECUCION

Maracaibo, 27 de octubre de 2003

193° y 144°
DECISION Nro. 469-02
CAUSA N° 4E-081-02
Firme como ha quedado el fallo dictado por ei Juzgado Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en fecha 18-09-02, en contra de los penados JONATHAN HARRY CARDOZO LOPEZ y JOSE GREGORIO BOHORQUEZ CHOURIO, este Tribunal de Ejecucion de conformidad con to establecido en el Articulo 482 del Codigo Organico Procesal Penal, pasa a ejecutar dicha sentencia y en consecuencia a realizar el siguiente compuao Legal de Pena, asi tenemos que:
El penado JONATHAN HARRY CARDOZO LOPEZ, titular de la cedula de identidad N° 15.986.970, fue condenado a cumplir la pens de DOS ADIOS y OCHO (08) MESES DE PRISON, mas las accesorias de ley, por la comision del delito de PORT E ILICITO DE ARMA, previsto y sancionado en el articulo 278 del Codigo penal, quien se encuentra disfrutando de una Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad.- Fue detenido por primera vez en fecha 26-06-2002, actualmente goza de una Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, otorgada por el Juzgado Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, por to que este Juzgado pasa a computar el tiempo de detencion que sufrio el penado durante el proceso, de conformidad con to establecido en el Articulo 484 del Codigo Organico Procesal penal, por lo que hasta el dia de hoy 27-10-03, fecha en que se practica el presente computo, lleva cumplido el referido penado: UN (01) AÑO, CUATRO (04) MESES y UN (01) DIA.- Faltandole por cumplir: UN (01) AÑO, TRES (03) MESES y VEINTINUEVE (29) DIAS, asi mismo podra solicitar la Suspension Condicional de la Ejecucion de la Pena a partir de la presente fecha.
Registrese la presente Decision en el Libro respectivo, y remitase copia certificada a la ciudadana Fiscal 27° del Ministerio Publico, al Director del Ministerio Publico y al Presidente del Concejo Nacional Electoral, asimismo el referido penado fue citado para el dia lanes 03-11-03.

LA JUEZ,

SILVIA CARROZ DE PULGAR


EL SECRETARIO

RUBEN MARQUEZ