REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO TERCERO DE EJECUCIÓN
Maracaibo, 22 de Octubre de 2003
193º y 144º


Vista la Diligencia que antecede, suscrita por la defensora Pública Vigésima de este Circuito Judicial Penal, ABOG. ISABEL ALVAREZ SEGNINI, en su carácter de defensora del penado EDGARDO JOSE SOTO, mediante la cual solicita sea sustituido a su defendido el Beneficio de Régimen Abierto, injustamente revocado en fecha 25-08-03 el Juez octavo de Juicio decretó el Sobreseimiento de la causa a favor de su defendido, de las actas se desprende que la medida fue revocada y las partes en este caso la Defensa ha podido ejercer los recursos legales para impugnar la Decisión, la cual ha quedado definitivamente firme; por lo cual no es ajustado a derecho que el Tribunal revoque o modifique su propia decisión, en este sentido es preciso estudiar la posibilidad del otorgamiento de otra medida alternativa al cumplimiento de la pena, para lo cual es oportuno esperar se practique la redención de la pena y así obtener un nuevo cómputo de pena, en el cual se indique la oportunidad procesal para el otorgamiento de otras medidas En consecuencia, este Tribunal Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara Improcedente la solicitud que realizará la defensa ABOG. ISABEL ALVAREZ SEGNINI. Y Así se decide. Regístrese y Notifíquese a la Defensa.-
LA JUEZA 3° DE EJECUCIÓN,


DRA. YOLEYDA MONTILLA FEREIRA.

LA SECRETARIA,

ABOG. PATRICIA ORDÓÑEZ

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado y se registró bajo el No. 324-03 y se libró boleta junto con oficio No. 2294-03.-

LA SECRETARIA

ABOG. PATRICIA ORDÓÑEZ




Causa N° 3E-915-99.-