EXP. L-415 SENT.8729

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
193° Y 144°

Se inició el presente juicio, por demanda que por COBRO DE BOLÍVARES (PRESTACIONES SOCIALES) intentó el ciudadano ALEXANDER AUGUSTO ALVARADO SAAVEDRA, asistido por los Abogados en ejercicios y de este mismo domicilio CARLOS PINEDA OCANDO Y RAMIRO MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de la Cédula de Identidad Nos. 13.725.482 y 13.627.886, Inpreabogado Nos. 84.335 y 85.983, respectivamente, todo con domicilio en esta ciudad y Municipio Maracaibo Estado Zulia, en contra de la empresa HELYHETE, C.A , Sociedad Mercantil constituida en fecha 02 de Mayo del 2002 ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, bajo el No. 34, Tomo 15-A, con domicilio en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, por la cantidad de TRES MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y TRES CON CINCUENTA CÉNTIMOS (Bs. 3.568.973,50).
Este Tribunal le dio entrada a dicha demanda en fecha 23 de mayo de 2003, se emplazó a la parte demandada, para que compareciera por ante este Tribunal, el tercer día de despacho siguiente al día que conste en actas su citación, a objeto de que de contestación a la demanda incoada en su contra.-
Mediante diligencia suscrita entre las partes el ciudadano RAMIRO MARTINEZ CORREA, Apoderado Judicial del ciudadano ALEXANDER AUGUSTO ALVARADO SAAVEDIO, parte demandante y el ciudadano HEBERTO MORANTE, con el carácter de Presidente de la empresa HELYHETE, C.A, asistido por el Abogado ALVARO GUEVARA, parte demandada ofreció en este acto pagarle a la demandante por vía de transacción la cantidad de UN MILLON OCHOCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 1.800.000,oo), por concepto de terminación, finiquito definitivo, total y absoluto de sus derechos laborales, la cual la parte demandante acepto el ofrecimiento de pago por la parte demandada en el presente juicio, en dinero efectivo y de legal circulación , declarando saber y conocer el texto integro de esta transacción .-
El Tribunal, vista la anterior Transacción celebrada entre las partes, acuerda su homologación dándole el carácter de cosa juzgada, ordenando el archivo del expediente, Y ASÍ SE DECLARA.

DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
.- Consumado el acto procesal de la Transacción celebrada entre las partes en el presente juicio de COBRO DE BOLÍVARES (PRESTACIONES SOCIALES) seguido por el ciudadano, ALEXANDER AUGUSTO ALVARADO SAAVEDRA, en contra de HELYHETE, C.A todos identificados en la parte narrativa de este fallo, homologándolo e impartiendo su aprobación y dándole el carácter de cosa juzgada.
.- No hay condenatoria en costas por tratarse de una transacción, de conformidad con lo establecido en el artículo 277 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada de este fallo por Secretaría, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 de Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil y el artículo 72, ordinales 3° y 9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, firmada y sellada en la sala del Despacho del JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en Maracaibo, el veintisiete (27) de octubre de dos mil tres (2003). 193° de la Independencia y 144° de la Federación.
LA JUEZ,
Abog. HELEN NAVA DE URDANETA
LA SECRETARIA,
Abog. AZALEA VILLALOBOS

En la misma fecha, siendo las ocho de la mañana (08:00 m) se dictó y publicó la anterior sentencia, bajo el N°.8729.-
LA SECRETARIA,