En horas de despacho del día de hoy Jueves, 16 de Octubre del año dos mil tres, siendo las Tres y Veinte Minutos de la tarde (03:20 p.m.), fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para llevar a efecto la medida de embargo decretada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, relacionada con el Juicio que por ALIMENTOS sigue LUIS BANQUE SOTO contra el Ciudadano LUIS EDUARDO BANQUE y donde este Tribunal ha sido comisionado para llevar a efecto medida de EMBARGO PREVENTIVO decretado por el Tribunal de la causa. Seguidamente y una vez presente el tribunal en la sede P.D.V.S.A. se procedió a notificara a NORELIS RINCON, titular de la Cédula de Identidad Número V-7.837.552 Con el carácter de Oficinista y a quién se impuso de la medida de embargo decretada por el tribunal de la causa contra el ciudadano LUIS EDUARDO BANQUE, titular de la Cédula de Identidad Número V-5.720.979 y quién expuso: “Me doy por notificado pero con las reservas siguientes: PRIMERO: Determinar si el Ciudadano LUIS EDUARDO BANQUE, parte demandada, es Trabajador al servicio de P.D.V.S.A, Bajo Grande.- SEGUNDO: Si existe otra medida practicada con relación a la presente.- TERCERO: Determinar sobre alguna acreencia a favor de P.D.V.S.A.- CUARTO: Determinar si le han sido adelantadas prestaciones sociales o emolumento alguno y QUINTO: cualesquiera otra situación que derive en relación a lo antes expuesto”. Seguidamente este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA FORMALMENTE EMBARGADO: EL VEINTE POR CIENTO (20%) DEL SUELDO UTILIDADES, BONO VACACIONAL, PRESTACIONES SOCIALES Y CUALQUIER OTRO CONCEPTO QUE LEGALMENTE LE CORRESPONDA AL CIUDADANO LUIS EDUARDO BANQUE, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD NUMERO V-5.720.979 COMO EMPLEADO AL SERVICIO DE P.D.V.S.A, BAJO GRANDE Y ASI SE CONFIRMA.- El tribunal deja constancia que las cantidades de dinero a retener deberán ser remitidas en Cheque de gerencia a nombre del JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA EXP. N° 3439. Cumplida como ha sido la presente comisión, se ordena el traslado del Tribunal a su lugar de origen. Terminó, se leyó y conformes firman.

LA JUEZ :
EL NOTIFICADO :

LA SECRETARIA