REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

COMISIÓN NUMERO.0002057.-
En el día de hoy Ocho de Octubre del año dos mil tres, siendo las (1:50) minutos de la tarde, horas fijados por el tribunal, para llevar a efecto la ejecución de la medida provisional de embargo, seguido por NASSER ABOUZAID (ENDOSATARIO EN PROCURACION DE JIMI GÓMEZ MONCADA), contra LUDWING JAVIER ARCINIEGA MONTILLA, Y ANTONIO MARIA HERNÁNDEZ CAMERO, por ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, se traslado y constituyo este órgano ejecutor de medidas en un galpón ubicado en la carretera “N” con callejón al lado de la Rectificadora el Trebel, Municipio Lagunillas Ciudad Ojeda, Una vez allí constituido se procedió a notificar del objeto de su traslado al Ciudadano: LUDWIG JAVIER ARCINIEGA, quien es parte demandada, del presente juicio seguidamente se hizo presente la apoderada judicial del Ciudadano: ANTONIO MARIA HERNÁNDEZ CAMERO, a quien el tribunal, notifico e impuso del objeto de su traslado, en este estado pasa el tribunal, designad perito avaluador y depositario judicial, en este estado presente el ciudadano: LUDWIG JAVIER ARCINIEGA,ANTES IDENTIFICADO EN ACTA, Expuso a los fines de dar por terminado en el presente juicio nos damos por intimados citados emplazados, para todos los conceptos del proceso, renunciamos a todos los términos que nos concede la ley para dar contestación a la demanda y hacer oposición a la misma y ofrecemos en dar en pago los siguientes, bienes muebles que son de nuestra propiedad, ya identificadas en actas, presente la parte actora abogado NASSER ABOUZAID, expuso acepto el ofrecimiento de pago realizada por el demandado, Siendo las (2:50) minutos de la tarde, concluyo el acto.-termino se leyó y conformes firman.-