REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT
COMISIÓN NUMERO.0002089.-
En el día de hoy 28 de Octubre del año dos mil tres siendo las (1:40) minutos de la tarde hora de despacho día y hora fijados por el tribunal, para llevar a efecto la Ejecución de la medida preventiva de Embargo, decretada en juicio de INTIMACIÓN seguido por ALFONSO ORLANDO CASTELLANO MONTILLA, contra AMABEL LUGO IRIZARRY, por ante el JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas.-se traslado y constituyo este órgano ejecutor de medidas, en un inmueble vivienda ubicado en la Urbanización Buena Vista, calle NRO.07 casa signada con el numero. T-43 en la ciudad y municipio Cabimas, del estado Zulia. Una vez allí constituido se procedió a notificar del objeto de su traslado a la ciudadana: ANGÉLICA MARIA LUGO IRIZARRY, quien manifestó al tribunal, ser Hermana de AMABEL LUGO IRIZARRY.- En este estado pasa el tribunal, a designar perito avaluador y depositario judicial, En este estado se hizo presente la ciudadana AMABEL LUGO IRIZARRY a quien notifico el tribunal, e impuso y notifico del Objeto de su traslado, y quien asistida en este acto por el abogado en ejercicio WILFREDO ANTONIO GÓMEZ LUGO, expuso me doy por notificado de la presente medida y a los fines de dar por terminado el litigio que contra mi tiene incoado el ciudadano ALFONSO ORLANDO CASTELLANO MONTILLA, en autos ofrezco en este acto a la apoderada actora en mi calidad de acuerdo transaccional la cancelación de un monto definitivo de CINCO MILLONES DE BOLÍVARES (5.000.000,) pagaderos de la siguiente manera, como aparece en acta en este estado presente la apodara actora quien expuso acepto en todo y cada una de sus partes el ofrecimiento el tribunal, vista y oída el acuerdo y ordena suspender la ejecución de la medida preventiva de embargo para la cual fue exhortado y en consecuencia releva del cargo al depositario judicial.-siendo las (4:15) minutos de la tarde concluyo el acto termino se leyó y con formes firman.-