REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

COMISIÓN NUMERO.0001963.-
En el día de hoy, Dos (02) de Octubre del año dos mil tres, siendo la Una y Treinta minutos de la tarde (1:30) horas de despacho, día y hora fijada por el tribunal, para llevar a efecto la ejecución de la medida de Amparo Provisional y providencia cautelar Innominada en el sentido de que el ciudadano querellado en el presente juicio así como cualquier ciudadano que se encuentre en el inmueble objeto de acción, permita realizar trabajos técnicos necesarios para la prestación del servicio eléctrico en el tendido que atraviesa el mencionado inmueble, decretada en el juicio de QUERELLA INTERDICTAL DE AMPARO seguido por C.A, ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA COSTA ORIENTAL (ENELCO), contra HENRY WILLIAM BRAVO GONZÁLEZ, por antes el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas ,se traslado y constituyo este órgano ejecutor de medidas, en un inmueble ubicado en la carretera los Puertos-Quisiro, Sector San Roque, al Norte y a 7 Kilómetros de la población de los Puertos de Altagracia, en el Municipio Miranda del Estado Zulia.-Una vez allí constituido se procedió a notificar del objeto de su traslado al Ciudadano: que no dijo llamarse HENRY WILLIAM BRAVO GONZÁLEZ, y que dijo ser titular de la cedula de identidad numero.4.992.174, a quien se le impuso de la medida de amparo provisional y providencia cautelar innominda.-En este estado presente el apoderado judicial de la parte actora, abogado JOSÉ LEAL RODRÍGUEZ, antes identificado expuso:Señalo al tribunal, que los trabajos técnicos a realizar es en las torres y las líneas que el tribunal, pueda observar se encuentran dentro del inmueble identificado en el despacho, por lo cual solicito al tribunal, se proceda a ejecutar la medida decretada por el tribunal, de la causa, En este estado este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS SANTA RITA MIRANDA SIMÓN BOLÍVAR LAGUNILLAS VALMORE RODRÍGUEZ Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECLARA FORMALMENTE A LA QUERELLANTE C.A. ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA COSTA ORIENTAL (ENELCO) en posesión de unas instalaciones eléctricas, antas identificadas, así mismo se declara ejecutada la providencia cautelar Innominada .- Siendo las (3:10) minutos de la tarde concluyo el acto.-termino se leyó y conformes firman.-