En horas de despacho del día de hoy, Viernes, 07 de Noviembre del año dos mil tres, siendo las DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 A.M.) , fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción judicial del estado Zulia, para llevar a efecto la medida de embargo decretada por el Juzgado Décimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, relacionada con el Juicio que por COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION sigue el Ciudadano LUCIDIO RIOS POLANCO contra los Ciudadanos TARCISIO LEIVA GONZALEZ Y RAFAEL RAMON VILLEGAS y donde este Tribunal ha sido comisionado para llevar a efecto medida de EMBARGO PREVENTIVO decretado por el Tribunal de la causa. Seguidamente y una vez presente el tribunal en el Ministerio de Educación, Cultura y deportes del Estado Zulia, se procedió a notificar a ARGENIS GARCIA titular de la Cédula de Identidad Número V- 4.160.264 con el carácter de Pagador Zonal y a quién se impuso de la medida de embargo decretada por el tribunal de la causa contra los ciudadanos TARCISIO LEIVA GONZALEZ Y RAFAEL RAMON VILLEGAS, titulares de la Cédula de Identidad Números V-1.939.650 y 3.214.933 respectivamente y quién expuso: “Me doy por notificado pero con las reservas siguientes: PRIMERO: Determinar si los Ciudadanos TARCISIO LEIVA GONZALEZ Y RAFAEL RAMON VILLEGAS, parte demandada son trabajadores al servicio del M.E.C.D.- SEGUNDO: Si existe otra medida practicada con relación a la presente.- TERCERO: Determinar sobre alguna acreencia a favor del M.E.C.D. del Zulia.- CUARTO: determinar si le han sido adelantadas prestaciones sociales o emolumento alguno y QUINTO: cualesquiera otra situación que derive en relación a lo antes expuesto”. Seguidamente este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA FORMALMENTE EMBARGADAS LAS PRESTACIONES SOCIALE Y EL FIDEICOMISO QUE PUEDAN CORRESPONDERLE A LOS CIUDADANOS TARCISIO LEIVA GONZALEZ Y RAFAEL RAMON VILLEGAS, TITULARES DE LA CEDULA DE IDENTIDAD NUMEROS 1.939.650 Y 3.214.933 RESPECTIVAMENTE, COMO EMPLEADOS DEL MINISTERIO DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTES. TODO HASTA CUBRIR LA CANTIDAD DE CINCO MILLONES CIEN MIL BOLIVARES (Bs.5.100.000,oo) Y ASI SE CONFIRMA.- El tribunal deja constancia que las cantidades de dinero a retener deberán hacerse dentro de los límites fijados en el artículo 163 de la Ley Orgánica del Trabajo y remitidas, en Cheque de gerencia a nombre y a la orden del JUZGADO DECIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EXP. 1.241-2.003.- Cumplida como ha sido la presente comisión, se ordena el traslado del Tribunal a su lugar de origen. Terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ: EL NOTIFICADO
LA SECRETARIA
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