República Bolivariana de Venezuela

Tribunal de Control Nº 2
Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, 02 de Mayo de 2003.
193º y 144º


Vistas la solicitud de Libertad Plena formulada por el Dr. JUAN CARLOS TORCAT, Fiscal Primero del Ministerio Público, así como del Dr. LUIS FUENTES, actuando en su carácter de Defensor Publico Penal de esta Circunscripción Judicial de la ciudadana YESSIL MILBET PEREZ PINTO, venezolana, natural de Porlamar, Estado Nueva Esparta, nacida en fecha 21-12-82, de 20 años de edad, titular de la cédula de identidad Nª V-16.094.764, residenciado en la parte alta del festejo la Parada del Oso, Avenida Circunvalación Norte, Municipio Mariño, Estado Nueva Esparta, este Tribunal para decidir, pasa hacer las siguientes consideraciones:

La Representación Fiscal alega entre otras cosas: la ciudadana YESSIL MILBET PEREZ PINTO, se encontraba en el aeropuerto Internacional de Maiquetía, no portaba documentación alguna, queriendo comprar un boleto de avión, una Funcionaria de la Brigada Femenina, procedió a verificar sus datos, posteriormente se le indicó a la ciudadana que realizaría una revisión a su equipaje como un requisito de rutina, se pidió la colaboración de un testigo ciudadano José Jacinto Bermúdez, y dentro del bolso se localizó un envoltorio de plástico transparente pequeño atado en su extremo con el mismo material, que resultó ser marihuana constante de un peso neto de 2 gramos con 400 miligramos razón por la cual estamos sobre los parámetros del artículo 75, ordinal 1ª de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, lo que considera a la referida ciudadana, consumidor de sustancias estupefacientes, se le declare Consumidor, se aplique una Medida de Seguridad contenida en el artículo 76, ejusdem, previo opinión; consigna resultados de experticia toxicologicas y experticia química y botánica.--

El Defensor por su parte alega: vista la exposición del Fiscal del Ministerio Público y visto que su defendida se acoge al precepto constitucional, de las actas se desprende que es consumidor, solicita la libertad plena, por cuanto no existe delito alguno, y en el caso de la Medida este es un acto volutivo para poder someterse a un procedimiento por consumo….

Este Tribunal considera que de las actas de investigación no se acredita la comisión de un hecho punible alguno; de conformidad con nuestro Ordenamiento Jurídico, nadie podrá ser privado de su libertad por obligaciones cuyo cumplimiento no haya sido definido por la Ley como delito o falta; si bies es cierto las Autoridades Policiales señalan que se decomisó un envoltorio de plástico transparente pequeño atado en su extremo con el mismo material, que resultó ser marihuana constante de un peso neto de 2 gramos con 400 miligramos; nos encontramos en presencia de un enfermo y no de un delincuente; este Tribunal decreta PRIMERO: que se encuentra llenos los extremos establecido para el consumo es decir dosis personal, y por cuanto la ciudadana YESSIL MILBET PEREZ PINTO se acogió al precepto constitucional, se abstiene de imponerle Medida de seguimiento a su enfermedad.- SEGUNDO: se decreta la Libertad Plena de la misma, de conformidad con el artículo 1 del Código Penal.- ASI SE DECIDE.-


DECISION

Este Juzgado Segundo de Primera Instancia con Funciones de Control de la circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decreta PRIMERO: que se encuentra llenos los extremos establecido para el consumo es decir dosis personal, y por cuanto la ciudadana YESSIL MILBET PEREZ PINTO se acogió al precepto constitucional, se abstiene de imponerle Medida de seguimiento a su enfermedad.- SEGUNDO: se decreta la Libertad Plena de la ciudadana YESSIL MILBET PEREZ PINTO, venezolana, natural de Porlamar, Estado Nueva Esparta, nacida en fecha 21-12-82, de 20 años de edad, titular de la cédula de identidad Nª V-16.094.764, residenciado en la parte alta del festejo la Parada del Oso, Avenida Circunvalación Norte, Municipio Mariño, Estado Nueva Esparta, de conformidad con el artículo 1 del Código Penal.-
La Juez,

YOLANDA CARDONA MARIN
La Secretaria

Abg. YELITZA VELASQUEZ.-

CAUSA: 2C- 1734-03.