REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 13 de Junio de 2003
Años 193º y 144º
Vista la diligencia de fecha veintiséis (26) de Mayo de 2003, suscrita por las abogadas MARIANELA CRUZ CASTER y YAJAIRA RODRIGUEZ ORTEGA, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos. 72.871 y 63.612, respectivamente, en su carácter acreditado a los autos, el Tribunal acuerda de conformidad. En consecuencia, por cuanto en fecha 25-7-2001 (folio 35), el Alguacil de este Despacho, consignó recibo de citación, debidamente firmado por el ciudadano ROGELIO VELASQUEZ FUENTES; y visto que en fecha 12-3-2002 (folio 50), riela auto del Alguacil de este Juzgado, donde consigna compulsa de citación por no haber podido localizar a la ciudadana AGUSTINA FUENTES DE FERNANDEZ, en virtud de que había fallecido cinco años antes; todo lo cual hace que evidentemente ésta Juzgadora pueda concluir que han transcurrido en exceso más de sesenta días entre la primera y última citación, de conformidad con el artículo 228 del Código de Procedimiento Civil. Y es por ello que de conformidad con el artículo 206 ejusdem, en aras de evitar o corregir las faltas que puedan anular cualquier acto procesal, Repone la Causa al estado de citación, y como consecuencia de la reposición decidida, se declara Nulo todo lo actuado a partir del 25 de Junio de 2001, inclusive. Y ASI SE DECIDE.-