REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
La Asunción, 10 de Julio de 2003
193º y 144º


Vista la solicitud formulada por el ciudadano JESUS GERMAN RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad N° 1.630.339, debidamente asistido por la abogada en ejercicio SILVIA QUIJADA MILLAN, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 4291, mediante la cual pide se le declare a él, como el UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO de su causante SOTERA RODRIGUEZ DE RIVAS, quien falleció ab-intestato el 02 de Octubre del año 2002. Y vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de los testigos, ciudadanos: JOSE RAFAEL ROJAS LUNA y PEDRO MANUEL TABASCA ACOSTA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, y titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 2.833.434 y 2.828.607, respectivamente, quienes en sus deposiciones aparecen serios y contestes al aseverar que conocieron en vida a la ciudadana SOTERA RODRIGUEZ DE RIVAS, que la misma falleció a consecuencia de ACV Hemorrágico TU Cerebral por R.S.N., H.T.A., moderada, que falleció en su residencia en fecha 02-10-2002; y que dejó un hijo de nombre JESUS GERMAN RODRIGUEZ. Y por cuanto del estudio y análisis de las deposiciones de los referidos testigos, se desprende y esta demostrado el derecho que el solicitante alega, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de este Estado, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo en todo caso los derechos de terceros, declara al ciudadano: JESUS GERMAN RODRIGUEZ, plenamente identificado en autos, como el UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, de la causante, SOTERA RODRIGUEZ DE RIVAS.- Tómese nota de este decreto en el Libro Diario y devuélvase originales de estas actuaciones a los interesados.-